SECCIÓN SEGUNDA. Anuncios y avisos legales. CONVOCATORIAS DE JUNTAS. (BORME-C-2021-2546)
LAZORA, S.I.I., S.A.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 89
Jueves 13 de mayo de 2021
Pág. 3267
accionistas o sus representantes que, asistiendo telemáticamente, ejerciten su
derecho de información durante la Junta se producirán durante la propia reunión o
por escrito durante los siete días siguientes a la finalización de la Junta.
En todo caso, con antelación a la fecha de celebración de la Junta se remitirá a
todos los accionistas la información y los datos necesarios para la conexión y el
correcto seguimiento de la reunión.
II. Derecho de asistencia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de los Estatutos sociales y en
el artículo 179.3 de la Ley de Sociedades de Capital, podrán asistir a la Junta
General todos los accionistas de la Sociedad que tengan inscrita su titularidad en
el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad con un día de antelación
a aquél en que haya de celebrarse la Junta General.
III. Constitución de la Junta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de los Estatutos sociales y en
el artículo 193 de la Ley de Sociedades de Capital, la Junta General quedará
válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas presentes
o representados posean, al menos, el 25% del capital suscrito con derecho de
voto. En segunda convocatoria, será válida la constitución de la Junta General
cualquiera que sea el capital concurrente a la misma.
IV. Derecho de información.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de
Capital, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta
General, los accionistas podrán solicitar del Consejo de Administración las
informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos
comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que estimen
pertinentes. Asimismo, los accionistas podrán solicitar verbalmente durante la
celebración de la Junta General las informaciones o aclaraciones que consideren
convenientes en relación con dichos asuntos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley de Sociedades de
Capital, a partir de la convocatoria de la Junta General, los accionistas podrán
obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de
ser sometidos a la aprobación de la misma, así como las cuentas anuales, el
Informe de Gestión y el Informe de los Auditores de Cuentas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 184 de la Ley de Sociedades de
Capital, los accionistas que tengan derecho de asistir podrán hacerse representar
en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La
representación deberá conferirse por escrito o mediante correspondencia postal,
electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia, siempre que se
garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto, y con
carácter especial para cada Junta General. La representación es siempre
revocable. La asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor
de revocación.
VI. Complemento de la Convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 172 de la Ley de Sociedades de
Capital, los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital
social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la
Junta General Ordinaria incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El
ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que
cve: BORME-C-2021-2546
Verificable en https://www.boe.es
V. Representación.
Núm. 89
Jueves 13 de mayo de 2021
Pág. 3267
accionistas o sus representantes que, asistiendo telemáticamente, ejerciten su
derecho de información durante la Junta se producirán durante la propia reunión o
por escrito durante los siete días siguientes a la finalización de la Junta.
En todo caso, con antelación a la fecha de celebración de la Junta se remitirá a
todos los accionistas la información y los datos necesarios para la conexión y el
correcto seguimiento de la reunión.
II. Derecho de asistencia.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de los Estatutos sociales y en
el artículo 179.3 de la Ley de Sociedades de Capital, podrán asistir a la Junta
General todos los accionistas de la Sociedad que tengan inscrita su titularidad en
el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad con un día de antelación
a aquél en que haya de celebrarse la Junta General.
III. Constitución de la Junta.
De conformidad con lo previsto en el artículo 13 de los Estatutos sociales y en
el artículo 193 de la Ley de Sociedades de Capital, la Junta General quedará
válidamente constituida en primera convocatoria cuando los accionistas presentes
o representados posean, al menos, el 25% del capital suscrito con derecho de
voto. En segunda convocatoria, será válida la constitución de la Junta General
cualquiera que sea el capital concurrente a la misma.
IV. Derecho de información.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 197 de la Ley de Sociedades de
Capital, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta
General, los accionistas podrán solicitar del Consejo de Administración las
informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos
comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que estimen
pertinentes. Asimismo, los accionistas podrán solicitar verbalmente durante la
celebración de la Junta General las informaciones o aclaraciones que consideren
convenientes en relación con dichos asuntos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 272 de la Ley de Sociedades de
Capital, a partir de la convocatoria de la Junta General, los accionistas podrán
obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de
ser sometidos a la aprobación de la misma, así como las cuentas anuales, el
Informe de Gestión y el Informe de los Auditores de Cuentas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 184 de la Ley de Sociedades de
Capital, los accionistas que tengan derecho de asistir podrán hacerse representar
en la Junta General por medio de otra persona, aunque ésta no sea accionista. La
representación deberá conferirse por escrito o mediante correspondencia postal,
electrónica o cualquier otro medio de comunicación a distancia, siempre que se
garantice debidamente la identidad del sujeto que ejerce su derecho de voto, y con
carácter especial para cada Junta General. La representación es siempre
revocable. La asistencia personal a la Junta General del representado tendrá valor
de revocación.
VI. Complemento de la Convocatoria.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 172 de la Ley de Sociedades de
Capital, los accionistas que representen, al menos, el cinco por ciento del capital
social, podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la
Junta General Ordinaria incluyendo uno o más puntos en el orden del día. El
ejercicio de este derecho deberá hacerse mediante notificación fehaciente que
cve: BORME-C-2021-2546
Verificable en https://www.boe.es
V. Representación.