Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-16485)
Orden TED/870/2025, de 5 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el ámbito agrario y forestal.
33 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 190
Viernes 8 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107897
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16485
Orden TED/870/2025, de 5 de agosto, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación
Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar
actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el
ámbito agrario y forestal.
I
Ante desafíos globales como la crisis de biodiversidad, la emergencia climática, la
presión sobre los recursos naturales, en especial sobre las aguas continentales y
costeras y el aumento de la contaminación, se requiere realizar una transición hacia un
nuevo modelo social y de producción y consumo más sostenible. Un nuevo modelo que
respete los límites ambientales del planeta y que tenga en cuenta a los menos
favorecidos, para que la población no vea comprometidas su salud y sus necesidades.
Las ayudas reguladas por estas bases pretenden contribuir a la transición ecológica
y justa, a través de la financiación de actuaciones de renaturalización y restauración
ecológicas en el ámbito agrario y forestal. Estas actuaciones deben apoyarse en el
conocimiento científico más riguroso y actualizado y en el seguimiento de los resultados
para afrontar los retos de conservación, uso sostenible, mejora y restauración del
patrimonio natural y los retos climáticos, que garantice una mejora de los parámetros
ambientales respecto a la situación de partida.
Su objetivo último es fomentar ecosistemas sostenibles, resilientes y ricos en
biodiversidad, como base para generar bienes y servicios ecosistémicos a la sociedad,
aumentar su adaptación y resiliencia al cambio climático, así como su sostenibilidad a
largo plazo.
Así, las ayudas pretenden contribuir a revertir la degradación ambiental y a recuperar
el funcionamiento ecológico de espacios degradados, con una proyección de futuro que
permita nuevas posibilidades de desarrollo más sostenible, innovador y justo. En
territorios como el espacio natural de Doñana, convocatorias de subvenciones como las
reguladas en esta orden podrán aportar soluciones a los desafíos ambientales y sociales
de este espacio desde un enfoque de transición justa.
Los marcos de actuaciones prioritarias que recogen proyectos e intervenciones
destinados a recuperar la funcionalidad ecológica de humedales protegidos de especial
interés e importancia, como los de Doñana, así como el resto de planes y estrategias,
responden a los compromisos adquiridos por España en el ámbito internacional y
comunitario en la aplicación de convenios y convenciones y las decisiones aprobadas en
las Conferencias de las partes, como son el convenio relativo a los humedales de
importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, aprobado con
fecha 2 de febrero de 1971, el Convenio de Naciones Unidas sobre diversidad biológica
hecho el 5 de junio de 1992, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
cambio climático adoptada el 9 de mayo de 1992, la Convención de las Naciones Unidas
de lucha contra la desertificación adoptada el 17 de junio de 1994 o la Convención sobre
la conservación de las especies migratorias hecha el 23 de junio de 1979.
cve: BOE-A-2025-16485
Verificable en https://www.boe.es
II
Núm. 190
Viernes 8 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 107897
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
16485
Orden TED/870/2025, de 5 de agosto, por la que se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones de la Fundación
Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para fomentar
actuaciones dirigidas a la renaturalización y restauración ecológica en el
ámbito agrario y forestal.
I
Ante desafíos globales como la crisis de biodiversidad, la emergencia climática, la
presión sobre los recursos naturales, en especial sobre las aguas continentales y
costeras y el aumento de la contaminación, se requiere realizar una transición hacia un
nuevo modelo social y de producción y consumo más sostenible. Un nuevo modelo que
respete los límites ambientales del planeta y que tenga en cuenta a los menos
favorecidos, para que la población no vea comprometidas su salud y sus necesidades.
Las ayudas reguladas por estas bases pretenden contribuir a la transición ecológica
y justa, a través de la financiación de actuaciones de renaturalización y restauración
ecológicas en el ámbito agrario y forestal. Estas actuaciones deben apoyarse en el
conocimiento científico más riguroso y actualizado y en el seguimiento de los resultados
para afrontar los retos de conservación, uso sostenible, mejora y restauración del
patrimonio natural y los retos climáticos, que garantice una mejora de los parámetros
ambientales respecto a la situación de partida.
Su objetivo último es fomentar ecosistemas sostenibles, resilientes y ricos en
biodiversidad, como base para generar bienes y servicios ecosistémicos a la sociedad,
aumentar su adaptación y resiliencia al cambio climático, así como su sostenibilidad a
largo plazo.
Así, las ayudas pretenden contribuir a revertir la degradación ambiental y a recuperar
el funcionamiento ecológico de espacios degradados, con una proyección de futuro que
permita nuevas posibilidades de desarrollo más sostenible, innovador y justo. En
territorios como el espacio natural de Doñana, convocatorias de subvenciones como las
reguladas en esta orden podrán aportar soluciones a los desafíos ambientales y sociales
de este espacio desde un enfoque de transición justa.
Los marcos de actuaciones prioritarias que recogen proyectos e intervenciones
destinados a recuperar la funcionalidad ecológica de humedales protegidos de especial
interés e importancia, como los de Doñana, así como el resto de planes y estrategias,
responden a los compromisos adquiridos por España en el ámbito internacional y
comunitario en la aplicación de convenios y convenciones y las decisiones aprobadas en
las Conferencias de las partes, como son el convenio relativo a los humedales de
importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas, aprobado con
fecha 2 de febrero de 1971, el Convenio de Naciones Unidas sobre diversidad biológica
hecho el 5 de junio de 1992, la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el
cambio climático adoptada el 9 de mayo de 1992, la Convención de las Naciones Unidas
de lucha contra la desertificación adoptada el 17 de junio de 1994 o la Convención sobre
la conservación de las especies migratorias hecha el 23 de junio de 1979.
cve: BOE-A-2025-16485
Verificable en https://www.boe.es
II