Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2025-16016)
Resolución de 29 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre transferencia de soluciones tecnológicas en materia de justicia.
34 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104510
II. Desarrollo, por parte de la Comunidad Autónoma, de los sistemas de soporte a
los esquemas de tramitación y documentación jurídica que sirva de soporte para el
sistema de información en las lenguas oficiales españolas y en el presente caso, al
castellano.
III. Informar al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, del
cumplimiento de los prerrequisitos técnicos asumidos con el presente convenio, así
como de la evolución de los proyectos de implantación de los sistemas o aplicaciones
objeto del presente convenio.
IV. El soporte y formación a los usuarios del sistema/s, para lo que contará con el
apoyo del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que
desarrollará un programa de formación de formadores.
V. La gestión y administración de los usuarios y la actualización de sus datos en el
directorio general de los sistemas.
VI. La distribución y gestión de los dispositivos seguros de creación de la firma, así
como de los certificados digitales que no sean provistos por el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
VII. Para la atención de incidencias de carácter técnico relativas a las aplicaciones
informáticas del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se
reportarán dichos incidentes al CAU del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, atendiendo al acuerdo lnterCAU que esté vigente con la
Comunidad Autónoma de Canarias.
VIII. Cualquier actuación que pueda surgir y que sea necesaria para la exitosa
implantación de los sistemas o aplicaciones objeto del presente convenio en la
Comunidad Autónoma suscribiente.
IX. Garantizar la actualización de sus sistemas, aplicaciones y servicios
relacionados con los sistemas o aplicaciones objeto del presente convenio para
garantizar la adecuación tecnológica de la solución en los plazos que determine el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
X. Comprometerse a velar por la seguridad de los puestos de usuario,
infraestructuras, servidores, comunicaciones y sistemas para evitar incidentes de
seguridad. En el caso de que por parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes se detecten ataques o vulnerabilidades graves en materia de
seguridad se reserva el derecho al cese temporal del servicio.
XI. Hacerse cargo del coste derivado de los derechos de uso y acceso y que
implican un coste adicional.
Sexta.
Carácter gratuito de la cesión.
La cesión objeto de este convenio se realiza con carácter gratuito, sin ningún tipo de
contraprestación financiera entre las partes.
cve: BOE-A-2025-16016
Verificable en https://www.boe.es
e) Las políticas de dominio siendo necesaria, en su caso, la previa normalización
de usuarios de dominio responsabilidad de la Comunidad Autónoma suscribiente.
f) Garantizar una solución de bastionado y solución antivirus.
g) Identificación de las relaciones de servicio entre los Órganos Judiciales y las
Fiscalías.
h) Firma de los convenios necesarios con otros organismos, por ejemplo, cuando
proceda, con el Ministerio de Hacienda; y Ministerio para la Transformación Digital y de
la Función Pública.
i) Desarrollo normativo necesario por la Comunidad Autónoma suscribiente para
habilitar el uso de la Sede Judicial Electrónica y los canales electrónicos para las
comunicaciones y notificaciones judiciales (especialmente la carpeta ciudadana y la
dirección electrónica habilitada).
j) Integración con los procedimientos de lnterCAU que defina el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, así como capacitar a su personal del
CAU para resolverlas incidencias de primer y segundo nivel.
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104510
II. Desarrollo, por parte de la Comunidad Autónoma, de los sistemas de soporte a
los esquemas de tramitación y documentación jurídica que sirva de soporte para el
sistema de información en las lenguas oficiales españolas y en el presente caso, al
castellano.
III. Informar al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, del
cumplimiento de los prerrequisitos técnicos asumidos con el presente convenio, así
como de la evolución de los proyectos de implantación de los sistemas o aplicaciones
objeto del presente convenio.
IV. El soporte y formación a los usuarios del sistema/s, para lo que contará con el
apoyo del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes que
desarrollará un programa de formación de formadores.
V. La gestión y administración de los usuarios y la actualización de sus datos en el
directorio general de los sistemas.
VI. La distribución y gestión de los dispositivos seguros de creación de la firma, así
como de los certificados digitales que no sean provistos por el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
VII. Para la atención de incidencias de carácter técnico relativas a las aplicaciones
informáticas del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes se
reportarán dichos incidentes al CAU del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes, atendiendo al acuerdo lnterCAU que esté vigente con la
Comunidad Autónoma de Canarias.
VIII. Cualquier actuación que pueda surgir y que sea necesaria para la exitosa
implantación de los sistemas o aplicaciones objeto del presente convenio en la
Comunidad Autónoma suscribiente.
IX. Garantizar la actualización de sus sistemas, aplicaciones y servicios
relacionados con los sistemas o aplicaciones objeto del presente convenio para
garantizar la adecuación tecnológica de la solución en los plazos que determine el
Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.
X. Comprometerse a velar por la seguridad de los puestos de usuario,
infraestructuras, servidores, comunicaciones y sistemas para evitar incidentes de
seguridad. En el caso de que por parte del Ministerio de la Presidencia, Justicia y
Relaciones con las Cortes se detecten ataques o vulnerabilidades graves en materia de
seguridad se reserva el derecho al cese temporal del servicio.
XI. Hacerse cargo del coste derivado de los derechos de uso y acceso y que
implican un coste adicional.
Sexta.
Carácter gratuito de la cesión.
La cesión objeto de este convenio se realiza con carácter gratuito, sin ningún tipo de
contraprestación financiera entre las partes.
cve: BOE-A-2025-16016
Verificable en https://www.boe.es
e) Las políticas de dominio siendo necesaria, en su caso, la previa normalización
de usuarios de dominio responsabilidad de la Comunidad Autónoma suscribiente.
f) Garantizar una solución de bastionado y solución antivirus.
g) Identificación de las relaciones de servicio entre los Órganos Judiciales y las
Fiscalías.
h) Firma de los convenios necesarios con otros organismos, por ejemplo, cuando
proceda, con el Ministerio de Hacienda; y Ministerio para la Transformación Digital y de
la Función Pública.
i) Desarrollo normativo necesario por la Comunidad Autónoma suscribiente para
habilitar el uso de la Sede Judicial Electrónica y los canales electrónicos para las
comunicaciones y notificaciones judiciales (especialmente la carpeta ciudadana y la
dirección electrónica habilitada).
j) Integración con los procedimientos de lnterCAU que defina el Ministerio de la
Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, así como capacitar a su personal del
CAU para resolverlas incidencias de primer y segundo nivel.