Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16033)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Renfe-Operadora, E.P.E., Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, M.P., SA, y Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y M.P., para el desarrollo del proyecto de la Unión Europea «Grant Agreement n.º 101102001 -Europe's Rail Flagship Project 2-Rail to Digital automated up to autonomous train operation-FP2-R2DATO-HORIZON-ER-JU-2022-FA2-01».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
FP2-R2DATO
Costes I+D+i
–
Euros
INECO.
266.100,00
CEDEX.
988.537,50
Total.
Sec. III. Pág. 104678
5.451.554,70
En contraprestación, se recibirá en los términos establecidos en el Grant Agreement
la financiación de la Comisión Europea a través de EU Rail-JU, de hasta un 60 %
máximo sobre estas aportaciones.
De forma adicional, la valoración económica de las aportaciones para el proyecto de
innovación FP2-R2DATO, como costes totales de IKAA, de cada una de las partes en lo
relativo a actividades adicionales sin cofinanciación, se ha estimado en un máximo de:
FP2-R2DATO
ADIF.
Renfe-Operadora.
155.000,00
0,00
INECO.
40.000,00
CEDEX.
444.000,00
Total.
Quinta.
IKAA
–
Euros
639.000,00
Seguimiento y gestión del convenio.
Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el presente convenio, se
acuerda la creación de una Comisión de Seguimiento, que estará formada por un
representante de cada una de las partes:
1. Concretar y desarrollar las acciones y los proyectos de actuación en el marco de
los compromisos establecidos en este convenio, atendiendo a las actuaciones
preferentes elegibles enumeradas en la cláusula segunda.
2. Llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento del convenio, así como la
coordinación, ejecución y seguimiento del Plan de Trabajo.
3. Adoptar las medidas que estime más adecuadas para la mejor organización y
funcionamiento del convenio.
4. Impulsar, sin perjuicio de los trámites legales correspondientes, los mecanismos
de actuación y planificación que afecten al presente convenio.
5. Realizar el seguimiento técnico de los indicadores de avance o los económicos
de gasto en el proyecto, tanto a nivel global como por cada una de las partes.
6. Informar a la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco de toda aquella
modificación o redistribución del presupuesto y/o acciones asignadas al proyecto de
innovación FP2-R2DATO.
7. Decidir y realizar el seguimiento de las tareas de las partes respecto a la
comunicación dentro del proyecto, en cuanto a imagen común y externa y a las
actividades de difusión y/o comunicación hacia el exterior.
8. Decidir la formación de comisiones de trabajo sectoriales o grupos de trabajo en
el seno del proyecto.
cve: BOE-A-2025-16033
Verificable en https://www.boe.es
La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones:
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
FP2-R2DATO
Costes I+D+i
–
Euros
INECO.
266.100,00
CEDEX.
988.537,50
Total.
Sec. III. Pág. 104678
5.451.554,70
En contraprestación, se recibirá en los términos establecidos en el Grant Agreement
la financiación de la Comisión Europea a través de EU Rail-JU, de hasta un 60 %
máximo sobre estas aportaciones.
De forma adicional, la valoración económica de las aportaciones para el proyecto de
innovación FP2-R2DATO, como costes totales de IKAA, de cada una de las partes en lo
relativo a actividades adicionales sin cofinanciación, se ha estimado en un máximo de:
FP2-R2DATO
ADIF.
Renfe-Operadora.
155.000,00
0,00
INECO.
40.000,00
CEDEX.
444.000,00
Total.
Quinta.
IKAA
–
Euros
639.000,00
Seguimiento y gestión del convenio.
Para velar por el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes, así como
por la correcta ejecución de las actuaciones recogidas en el presente convenio, se
acuerda la creación de una Comisión de Seguimiento, que estará formada por un
representante de cada una de las partes:
1. Concretar y desarrollar las acciones y los proyectos de actuación en el marco de
los compromisos establecidos en este convenio, atendiendo a las actuaciones
preferentes elegibles enumeradas en la cláusula segunda.
2. Llevar a cabo el seguimiento del cumplimiento del convenio, así como la
coordinación, ejecución y seguimiento del Plan de Trabajo.
3. Adoptar las medidas que estime más adecuadas para la mejor organización y
funcionamiento del convenio.
4. Impulsar, sin perjuicio de los trámites legales correspondientes, los mecanismos
de actuación y planificación que afecten al presente convenio.
5. Realizar el seguimiento técnico de los indicadores de avance o los económicos
de gasto en el proyecto, tanto a nivel global como por cada una de las partes.
6. Informar a la Comisión de Seguimiento del Convenio Marco de toda aquella
modificación o redistribución del presupuesto y/o acciones asignadas al proyecto de
innovación FP2-R2DATO.
7. Decidir y realizar el seguimiento de las tareas de las partes respecto a la
comunicación dentro del proyecto, en cuanto a imagen común y externa y a las
actividades de difusión y/o comunicación hacia el exterior.
8. Decidir la formación de comisiones de trabajo sectoriales o grupos de trabajo en
el seno del proyecto.
cve: BOE-A-2025-16033
Verificable en https://www.boe.es
La Comisión de Seguimiento asumirá las siguientes funciones: