Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16033)
Resolución de 28 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Renfe-Operadora, E.P.E., Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, M.P., SA, y Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, O.A. y M.P., para el desarrollo del proyecto de la Unión Europea «Grant Agreement n.º 101102001 -Europe's Rail Flagship Project 2-Rail to Digital automated up to autonomous train operation-FP2-R2DATO-HORIZON-ER-JU-2022-FA2-01».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104673

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el Grant Agreement, las partes
firmantes del mismo procedieron a la formalización de un acuerdo consorcial (o
«Consortium Agreement»), que tiene por objeto especificar, con respecto al proyecto
FP2-R2DATO, la gestión y organización de los trabajos, así como el régimen de
derechos y obligaciones de las entidades que participan en dicho proyecto. En el
Consortium Agreement ADIF-Alta Velocidad, Renfe-Operadora, Renfe Viajeros, SME,
SA, Renfe Mercancías, SME, SA, INECO y CEDEX ha sido incluidas el «Attachment 3:
List of Third Parties for simplified transfer according to Section 8.4».
Séptimo.
Que con fecha 17 de abril de 2023 se firmó el denominado «Convenio entre el Centro
de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), Ingeniería y Economía del
Transporte (INECO), Renfe-Operadora, Administrador de Infraestructuras Ferroviarias
(ADIF) y ADIF-Alta Velocidad (ADIF-AV), para el desarrollo de la membresía única del
Sector Público Ferroviario Español En Relación Con El Proyecto Europeo de l+D+i
Europe's Rail Joint Undertaking (EU-Rail JU)» (en adelante, el «Convenio Marco»).
Octavo.
Que, en la clausula quinta del citado Convenio Marco, bajo la rúbrica «Contenido de
los Convenios Específicos», se prevé que la participación en acciones de innovación y/o
«Flagship Projects», serían, en su caso, objeto de convenios, y se enumeraba el
contenido mínimo que éstos debían regular.
Por lo tanto, en el presente convenio (en adelante, el «Convenio») se recogen los
compromisos y el alcance de la participación de las partes en la ejecución del proyecto de
innovación FP2-R2DATO, desarrollado dentro del partenariado europeo de la empresa
común denominada «Europe's Rail Joint Undertaking» (en adelante, la «EU-Rail JU»).
No obstante, en todo lo no previsto o dispuesto en el presente convenio, y para su
interpretación, se dará observancia a lo establecido en el convenio Marco.
Que los principales objetivos del presente convenio serán determinar entre las
partes, en relación con el proyecto de innovación FP2-R2DATO:
La aportación de recursos, instalaciones y medios.
La ejecución de las actividades de innovación, según los reglamentos, acuerdos y
convenios aplicables vigentes.
La valoración económica de recursos, instalaciones y medios aportados.
La constitución de una Comisión de seguimiento.
En este contexto se suscribe el presente convenio entre ADIF, Renfe-Operadora,
INECO y CEDEX, reconociéndose las partes mutuamente la capacidad necesaria para
obligarse en este acto, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto aplicar las previsiones del Convenio Marco,
de 17 de abril de 2023, para articular la colaboración entre ADIF, Renfe-Operadora,
INECO y CEDEX, para la participación de las partes en la ejecución del proyecto de
innovación FP2-R2DATO, desarrollado dentro del partenariado europeo de la empresa
común EU-Rail JU.
Segunda.

Actuaciones a desarrollar (plan de trabajo).

Las actuaciones a desarrollar por las partes en virtud del presente convenio
contemplarán las necesarias para desarrollar todas las acciones que resulten precisas

cve: BOE-A-2025-16033
Verificable en https://www.boe.es

Primera.