Ministerio Del Interior. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16018)
Resolución de 28 de julio de 2025, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Unipublic, SAU, para el establecimiento del marco adecuado de coordinación de las actuaciones con motivo de la celebración de la prueba deportiva «Vuelta Ciclista a España».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104557
ejecución de la prueba deportiva. La indemnización que asume Unipublic, SAU, se
hará en los siguientes términos:
A) Alojamiento y manutención.
El desarrollo itinerante de la Vuelta Ciclista conlleva que, prácticamente todos los
días, los componentes de la DGGC integrados en la UMSV deban alojarse en
establecimientos hoteleros de diferentes ciudades. Asimismo, hay que reseñar que, el
alojamiento y manutención del personal de la UMSV, coincide con las necesidades del
resto de personas que acompañan al evento, organización, equipos ciclistas,
patrocinadores, medios de comunicación, etc. Por ello, y para la mejor planificación y
ejecución del servicio de la UMSV, es del todo imprescindible que el alojamiento se
realice en un mismo establecimiento para todos. Por ello se establecen las siguientes
condiciones:
El alojamiento y manutención correrá a cargo de la Organización y se establecerá en
coordinación con la dirección de la UMSV, que, en función de las condiciones del
servicio, podrá requerir de aquella el alojamiento más favorable a sus intereses, según
criterios de seguridad propia y de asegurar los mínimos desplazamientos de la Unidad.
La Organización se compromete a atender estas peticiones en la medida que las
circunstancias lo permitan.
B) Compensación por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de
trabajo.
Se establecen las siguientes cuantías por persona y día:
– Oficiales y Suboficiales: 106,23 euros.
– Cabos y Guardias Civiles: 83,63 euros.
Unipublic, SAU, ingresará, tan pronto como se apruebe el presupuesto anual de la
vuelta, el importe de todas las compensaciones. Posteriormente se procederá a la
tramitación de la correspondiente generación de crédito.
C)
Reuniones de coordinación.
2. Gastos originados por los recursos materiales. La indemnización y dotación que
asume Unipublic, SAU, se hará en los siguientes términos:
A) Sufragar el combustible necesario para la movilidad de los componentes que
prestan el servicio, para lo cual proporcionará las tarjetas de combustibles necesarios
para tal fin.
B) Abonar los gastos de los peajes de las autopistas que deban utilizar durante la
prueba o con motivo de los traslados que sean necesarios realizar.
cve: BOE-A-2025-16018
Verificable en https://www.boe.es
Unipublic, SAU, se hará cargo puntualmente de los gastos de alojamiento,
manutención y viajes del personal de la DGGC integrado en la unidad UMSV convocado
a las reuniones de coordinación, cuando el lugar de celebración fuera distinto al lugar de
residencia de estos.
Se entiende por reuniones de coordinación aquellas necesarias para atender las
vicisitudes que pudieran surgir en lo referente a la preparación de las diferentes etapas
de la VCE, estudio y observaciones sobre los itinerarios previstos por la organización de
la VCE, fechas de incorporación de los distintos efectivos de la UMSV al inicio de la
VCE, traslados, alojamientos, incluyendo en este ámbito las reuniones de planificación
del dispositivo que fuese necesario celebrar entre los mandos del dispositivo de la UMSV
y de estos con las distintas Policías Autonómicas, Extranjeras y Locales que pudieran
verse afectadas por el dispositivo.
Núm. 185
Sábado 2 de agosto de 2025
Sec. III. Pág. 104557
ejecución de la prueba deportiva. La indemnización que asume Unipublic, SAU, se
hará en los siguientes términos:
A) Alojamiento y manutención.
El desarrollo itinerante de la Vuelta Ciclista conlleva que, prácticamente todos los
días, los componentes de la DGGC integrados en la UMSV deban alojarse en
establecimientos hoteleros de diferentes ciudades. Asimismo, hay que reseñar que, el
alojamiento y manutención del personal de la UMSV, coincide con las necesidades del
resto de personas que acompañan al evento, organización, equipos ciclistas,
patrocinadores, medios de comunicación, etc. Por ello, y para la mejor planificación y
ejecución del servicio de la UMSV, es del todo imprescindible que el alojamiento se
realice en un mismo establecimiento para todos. Por ello se establecen las siguientes
condiciones:
El alojamiento y manutención correrá a cargo de la Organización y se establecerá en
coordinación con la dirección de la UMSV, que, en función de las condiciones del
servicio, podrá requerir de aquella el alojamiento más favorable a sus intereses, según
criterios de seguridad propia y de asegurar los mínimos desplazamientos de la Unidad.
La Organización se compromete a atender estas peticiones en la medida que las
circunstancias lo permitan.
B) Compensación por servicios extraordinarios fuera de la jornada normal de
trabajo.
Se establecen las siguientes cuantías por persona y día:
– Oficiales y Suboficiales: 106,23 euros.
– Cabos y Guardias Civiles: 83,63 euros.
Unipublic, SAU, ingresará, tan pronto como se apruebe el presupuesto anual de la
vuelta, el importe de todas las compensaciones. Posteriormente se procederá a la
tramitación de la correspondiente generación de crédito.
C)
Reuniones de coordinación.
2. Gastos originados por los recursos materiales. La indemnización y dotación que
asume Unipublic, SAU, se hará en los siguientes términos:
A) Sufragar el combustible necesario para la movilidad de los componentes que
prestan el servicio, para lo cual proporcionará las tarjetas de combustibles necesarios
para tal fin.
B) Abonar los gastos de los peajes de las autopistas que deban utilizar durante la
prueba o con motivo de los traslados que sean necesarios realizar.
cve: BOE-A-2025-16018
Verificable en https://www.boe.es
Unipublic, SAU, se hará cargo puntualmente de los gastos de alojamiento,
manutención y viajes del personal de la DGGC integrado en la unidad UMSV convocado
a las reuniones de coordinación, cuando el lugar de celebración fuera distinto al lugar de
residencia de estos.
Se entiende por reuniones de coordinación aquellas necesarias para atender las
vicisitudes que pudieran surgir en lo referente a la preparación de las diferentes etapas
de la VCE, estudio y observaciones sobre los itinerarios previstos por la organización de
la VCE, fechas de incorporación de los distintos efectivos de la UMSV al inicio de la
VCE, traslados, alojamientos, incluyendo en este ámbito las reuniones de planificación
del dispositivo que fuese necesario celebrar entre los mandos del dispositivo de la UMSV
y de estos con las distintas Policías Autonómicas, Extranjeras y Locales que pudieran
verse afectadas por el dispositivo.