Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-16045)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el III Convenio colectivo del grupo Marítima Davila, SA, y Sociedades vinculadas.
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 185

Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104823

En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades
que por analogía son asimilables a las siguientes:
a) Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o
del conjunto de actividades dentro de un área de actividad, servicio o departamento.
Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o
departamento con responsabilidades sobre resultados y ejecución de las mismas.
b) Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad con elevado
nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo en funciones de investigación, control
de calidad, definición de procesos constructivos, administración, asesoría jurídico laboral
y fiscal, etcétera.
c) Áreas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
d) Responsabilidad y dirección de la explotación de redes localizadas de servicios
informáticos sobre el conjunto de servicios de procesos de datos en unidades de
dimensiones medias.
Criterios de acceso/promoción al Grupo I:
– Titulación universitaria de grado superior o conocimientos equivalentes
equiparados por la empresa y/o con experiencia consolidada en el sector profesional.
– Experiencia consolidada como Coordinador, demostrando liderazgo efectivo en la
gestión de equipos y proyectos estratégicos.
– Capacidad para tomar decisiones estratégicas alineadas con los objetivos
organizacionales y coordinar múltiples áreas de trabajo.
– Habilidades avanzadas en liderazgo, negociación y resolución de conflictos,
promoviendo el desarrollo y rendimiento del equipo.
– Formación complementaria en dirección, gestión empresarial o liderazgo
estratégico.
– Conocimientos profundos en normativas, planificación operativa y gestión de
recursos a nivel organizacional.
– Evaluación positiva por parte de la alta dirección, validando su capacidad para
asumir responsabilidades directivas.
– El criterio de promoción de este grupo profesional, debido a la estructura
organizativa del Grupo, es competencia exclusiva del CEO.
Grupo II. Coordinadores.

Cuentan con autonomía para ejecutar o realizar, en el ámbito de sus competencias,
procesos de trabajo de diversa complejidad, así como para proceder a la resolución de
problemas técnicos o prácticos propios de su campo de actuación, siguiendo la distintas
normas, directrices o procedimientos ordinarios de uso regular en la Empresa.
Realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos o que tienen un
alto contenido intelectual o de interrelación humana.
Se engloban en este grupo a responsables directos de la integración, coordinación y
supervisión de funciones realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma
área funcional, pudiendo tener personal a su cargo.
En este grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas actividades
que por analogía son asimilables a las siguientes:
a) Funciones que suponen la responsabilidad de ordenar, coordinar y supervisar la
ejecución de tareas heterogéneas de producción, comercialización, mantenimiento,
administración, servicios etcétera, o de cualquier agrupación de ellas, cuando las
dimensiones de la empresa aconsejen las agrupaciones.

cve: BOE-A-2025-16045
Verificable en https://www.boe.es

Descripción Grupo: