Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-16035)
Resolución de 11 de junio de 2025, de la Entidad Pública Empresarial ENAIRE, por la que se publica el Convenio con el Colegio Oficial de Pilotos y la Asociación Profesional de Controladores de Tráfico Aéreo, para la creación y operación del Observatorio de Seguridad, Eficiencia y Sostenibilidad de las Operaciones Aéreas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 2 de agosto de 2025

Sec. III. Pág. 104699

Los miembros de los GAMO serán responsables del estudio y propuesta de
soluciones y mejoras a las cuestiones relevantes identificadas en los CRE.
Asimismo, se encargarán del resto de funciones que constan asignadas a los GAMO
en el presente convenio.
Célula de Coordinación Técnica (CCT).
La CCT es la principal entidad decisora del desarrollo del Observatorio. Es un grupo
de trabajo constituido por:
– Un representante de COPAC.
– Un representante de APROCTA.
– Un representante de ENAIRE.
Los representantes serán designados por cada una de las entidades y deberán ser
aprobados por el Comité de Gobierno.
Los miembros de la CCT serán los responsables de abordar todas las cuestiones
operativas y técnicas objeto del Observatorio, estando entre sus funciones, las
siguientes:
– Aceptación de la modificación de formularios de Observación, en su ámbito de
especialización.
– Aceptación de nuevos análisis y herramientas utilizadas.
– Coordinación con el Gestor la elaboración del informe anual.
– Gestión de los contenidos del Portal del Observatorio, vídeos, herramientas de
difusión del Observatorio.
– Selección de la temática y constitución de los GAMO.
– Coordinación a nivel general de la planificación de las actividades del
Observatorio.
Asimismo, se encargarán del resto de funciones que constan asignadas a la CCT en
el presente convenio.
Comité de Gobierno (CG).
El Comité de Gobierno estará formado por:
– Tres miembros de la Comisión permanente del COPAC (el Decano y Tesorero,
como miembros permanentes y otro de forma rotatoria, elegidos entre el Vicedecano,
Secretario, Vicesecretario).
– El Gestor del Observatorio.
– Tres miembros de la Junta de Gobierno de APROCTA (el Presidente, como
miembro permanente y otros dos de forma rotatoria, elegidos entre el Vicepresidente,
Secretaria General, Tesorero y Vocal Técnico).
– Seis representantes de ENAIRE (Dirección General, Dirección de Servicios de
Navegación Aérea, Dirección de Operaciones, División de Seguridad, División de
Sostenibilidad y Relaciones Institucionales, Dirección de Comunicación).
El Comité de Gobierno se constituye como el mecanismo de seguimiento, vigilancia y
control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
Este mecanismo resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan
surgir respecto del presente convenio debiendo, en primera instancia, proponer la
solución amistosa de las controversias.
Además, el Comité de Gobierno tendrá las siguientes funciones:
a) Planificar, fomentar, supervisar y evaluar las actuaciones del Observatorio que se
emprendan al amparo del presente convenio.
b) Velar por el cumplimiento de las estipulaciones suscritas.

cve: BOE-A-2025-16035
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Núm. 185