Ministerio de Cultura. III. Otras disposiciones. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2025-15828)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se incoa expediente de declaración de bien de interés cultural, en la categoría de monumento, a favor del Auditorio Nacional de Música (Madrid).
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Miércoles 30 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 103124

respuesta a la necesidad creciente de la sociedad española de contar con un espacio
adecuado para la interpretación de música clásica.
El arquitecto José María García de Paredes, nacido en 1924 y miembro de la
llamada segunda generación de la posguerra española, contó para la elaboración del
proyecto con el asesoramiento de los ingenieros alemanes Lothar Cremer y Thomas
Fütherer, del Instituto de Acústica de Berlín. La colaboración entre García de Paredes y
Cremer ya se había probado exitosa en la construcción del Auditorio Manuel de Falla de
Granada (1978) y en el Palao de la Música de Valencia (1987), con lo que esta tercera
ocasión no fue sino la consagración de una gran sintonía tanto técnica como profesional.
El diseño del Auditorio Nacional de Música es una justa continuación de la identidad
arquitectónica de García de Paredes, que destaca por su sencillez y por la serena
implantación urbana de sus edificios. De marcado espíritu matemático, el arquitecto
denota una minuciosa y precisa forma de trabajar, atravesada siempre por la objetivación
y racionalización de los procesos.
Descripción del bien objeto de la incoación
El inmueble que compone el Auditorio Nacional de Música fue proyectado y construido
entre 1983 y 1988. La autoría corresponde a José María García de Paredes, arquitecto de
reconocido prestigio y con dilatada experiencia en el diseño de infraestructuras musicales.
Exteriormente el edificio, de arquitectura contenida y deliberadamente intemporal,
discurre paralelo a lo largo de la calle Príncipe de Vergara con fachadas de ritmos uniformes
que se corresponden con las galerías perimetrales que recorren de punta a punta el edificio,
tratadas como una superficie plana y continua. Sobre este basamento construido con ladrillo,
granito y piedra de Colmenar, tradicionalmente empleados en Madrid, el volumen irregular de
la sala de Conciertos se recorta como una proa sobre la cubierta cerámica.
En el interior, el edificio se organiza en tres cuerpos independientes separados por
juntas estructurales de dilatación. En los extremos norte y sur se sitúan las Salas
Sinfónica y de Cámara, respectivamente, mientas que en el centro se encuentra el
cuerpo de servicios generales e instalaciones.
Razones elementales de aislamiento acústico, característica fundamental para el
propósito del inmueble, aconsejan separar las Salas de los cerramientos exteriores, de
modo que se sitúen exentas dentro de un contenedor más amplio. La solución propuesta
por García de Paredes, tan orgánica en su presentación como eficaz en su propósito,
consiste en trazar un perímetro continuo que albergue las galerías de circulación,
únicamente matizadas por los vestíbulos de entrada de sendas salas. A lo expuesto se
añade la existencia de un sistema de dobles puertas con profundas exclusas acústicas
que deben ser atravesadas antes de ingresar en las salas de concierto.
De este modo, la Sala Sinfónica y la Sala de Cámara quedan debidamente aisladas del
ruidoso entorno urbano y de los propios vestíbulos, hasta el punto de que se vuelve imposible
distinguir desde el exterior de las salas si se está representando un concierto. En suma,
arquitectónicamente las Salas del Auditorio Nacional de Música pueden comprenderse como
una suerte de instrumento musical reposado dentro de una gran caja.
Un ejemplo paradigmático del celo racionalista del arquitecto lo encontramos en el cálculo
milimétrico de la acústica de las Salas. El diseño del Auditorio sigue al pie de la letra los
fundamentos teóricos de la arquitectura musical, que se basa esencialmente en dos factores:
uno volumétrico, referido al volumen de aire en el interior de las salas en relación con el número
de espectadores; y otro espacial, referido a la anchura máxima que deben tomar las salas.
En cuanto al primero, se recomienda rondar los 10 metros cúbicos de aire por
persona en la Sala Sinfónica y 7 metros cúbicos en la Sala de Cámara. Con 2338
localidades y 22 metros cúbicos de volumen de la Sala Sinfónica, este extremo se
cumple a la práctica perfección. Lo mismo ocurre con la Sala de Cámara, que arroja un
resultado de 7,3 metros cúbicos de aire por persona, muy cercano al valor óptimo para
las representaciones musicales propias de ese espacio.

cve: BOE-A-2025-15828
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Núm. 182