Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15722)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica el Convenio con el Consejo General de Colegios Oficiales de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, para la colaboración en la investigación y evaluación sobre el estado del Plan de Prescripción de Actividad y Ejercicio Físico y la efectividad de las inversiones realizadas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 101983

Administraciones para que estos programas se consoliden como servicios permanentes,
mejorando la planificación y los instrumentos de la acción pública y colaborando en la
consecución de la eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, de acuerdo con lo establecido
en el capítulo VI del título preliminar, de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen
jurídico del sector público (en adelante LRJSP).
Segunda. Actuaciones a desarrollar.
Para la consecución del objeto del presente convenio, se desarrollarán, las
siguientes actividades conjuntas que se concretan en los siguientes hitos:
Hito 1: Fecha prevista de realización: Los dos primeros meses a partir de la eficacia
del convenio.
1. Creación de un grupo de trabajo integrado por los responsables de los
COLEF/COPLEF implicados en el desarrollo y puesta en marcha del plan autonómico,
bajo la dirección del Consejo COLEF.
2. Diseño consensuado del estudio y definición de las variables de interés, y
recogida de datos a cargo del grupo de trabajo.
Hito 2: Fecha prevista de realización: Durante el tercer, cuarto y quinto mes a partir
de la eficacia del convenio.
1. Realización del trabajo de campo cualitativo y análisis de resultados.
2. Elaboración de un informe con los principales resultados y análisis de los mismos
con un diagnóstico de situación.
Dicho informe incorporará como parte de sus apartados, entre otros aspectos, un
diagnóstico de situación, la descripción de la metodología y del proceso desarrollado, así
como las propuestas, recomendaciones, consideraciones y conclusiones del trabajo
desarrollado. Asimismo, incorporará un repositorio con documentación e información
utilizada durante el proceso.
3. Elaboración de una guía práctica para la consolidación de la prescripción de la
actividad y el ejercicio físico dirigida a las diferentes Administraciones Públicas.
Hito 3: Fecha prevista de realización: A partir del sexto mes desde la eficacia del
convenio y durante la vigencia del mismo.
1. Desarrollo de actuaciones dirigidas a comunicar los resultados del proceso, así
como las principales conclusiones del informe realizado a través de los medios propios y
canales del Consejo Superior de Deportes y del Consejo COLEF.
Tercera.
A.

Compromisos de las partes.
Obligaciones de todas las Partes.

1. Aportar la contrapartida (en dinero y/o en especie) para la ejecución de las
actuaciones propias del convenio, de acuerdo con lo establecido en la cláusula quinta.
2. Designar internamente un/a responsable del convenio como punto de contacto
prioritario con las otras partes.
3. Participar activamente en las reuniones y encuentros que se celebren, atender a
cualquier duda o petición de información sobre el desarrollo de las actuaciones.
4. Comunicar a la Comisión de Seguimiento los avances, logros y resultados que
se vayan alcanzando.
5. Incluir los logotipos institucionales de las partes del convenio en toda la
documentación y contenido audiovisual que se genere y publique en virtud del convenio.

cve: BOE-A-2025-15722
Verificable en https://www.boe.es

Todas las Partes se obligan a: