Ministerio de Defensa. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-15561)
Resolución 420/38362/2025, de 22 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Alicante, para la realización de prácticas académicas externas en unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Sábado 26 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100917

Décima. Trabajos fin de Grado y Máster.
Se podrán realizar los trabajos de campo en el marco de los trabajos de fin de Grado
y de fin de Máster en las instalaciones del MINISDEF durante las prácticas externas, el
cual será dirigido por el tutor o la tutora que al estudiantado se le haya adjudicado por el
procedimiento establecido por la Normativa reguladora de los trabajos de fin de estudios
de la UA.
El estudiantado, en su caso, tendrá que firmar un compromiso de confidencialidad,
antes del inicio de sus prácticas, en relación con la información interna del MINISDEF y
guardar secreto profesional, de forma permanente, sobre sus actividades y no podrá
difundir los datos que se determinen como de carácter oficial.
Las partes acordarán qué información a las que se accede o las reveladas durante
las actividades amparadas por este convenio, tendrá la consideración de «uso oficial» y
se comprometen a devolverse o a destruir la documentación recibida en el momento de
extinción de la actividad, sin que sea necesario requerimiento previo.
Undécima.

Propiedad intelectual e industrial y publicidad.

Cada una de las partes será titular en exclusiva de todos los derechos adquiridos
con anterioridad a este convenio sobre los nombres, marcas, patentes, obras de
propiedad intelectual (incluyendo programas de ordenador y bases de datos) y
demás bienes protegidos por la legislación española sobre propiedad intelectual e
industrial, sin perjuicio del eventual uso que de ellos puedan hacer las partes de
mutuo acuerdo.
Cualquier anuncio o publicidad en relación con este convenio, la utilización de los
logotipos y, en general, de los derechos de propiedad intelectual e industrial de
MINISDEF y la UA se realizará siempre bajo la previa conformidad de sus titulares.
La marca, nombre o el logotipo y distintivos de cada parte se utilizará exclusivamente
en la versión que facilite cada una de ellas a la otra, sin que se puedan alterar colores,
formas, símbolos o gráficos. Cualquier alteración d ellos logotipos supondrá una
infracción de los derechos del titular de la marca.
Ambas partes se comprometen a informarse mutuamente de los medios de
publicidad en los cuales cualquiera de ellas utilice la marca o logotipo de la otra.
Asimismo, se comprometen a hacer referencia a la titularidad de los resultados
obtenidos en estudios y proyectos realizados de modo conjunto, a la autoría de las
publicaciones y al uso que se haga de ellas, autorizándose expresamente a citar o
incluir el nombre.
El MINISDEF se reserva el derecho de utilizar, libremente, los trabajos de campo
o similar, los trabajos de fin de Grado y de fin de Máster, así como los datos
obtenidos, en la realización de las prácticas, en las instalaciones del MINISDEF
respetándose siempre los derechos del autor (estudiante) a la propiedad intelectual
e industrial de su obra, tal como estipula el artículo 9.1.e) del Real
Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Actividad editorial.

Los representantes del Ministerio de Defensa en la Comisión Mixta de Seguimiento
velarán por que se dé cumplimiento a lo dispuesto en la Instrucción 1/2022, de 12 de
enero, de la Subsecretaría de Defensa, que regula la actividad editorial en el ámbito del
Ministerio de Defensa.
Para el uso, en su caso, de elementos de imagen institucional en publicaciones
derivadas de lo establecido en el convenio, dichos representantes solicitarán
previamente la conformidad de la Subdirección General de Publicaciones y Patrimonio
Cultural.

cve: BOE-A-2025-15561
Verificable en https://www.boe.es

Duodécima.