Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15566)
Resolución de 26 de mayo de 2025, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica el Convenio con Renfe Operadora, E.P.E., Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte, M.P., SA, y Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas O.A. y M.P., para el desarrollo del proyecto de la Unión Europea «Grant Agreement N.º 101101973-Europe's Rail Flagship Project 1-MObility managemenT multImodal envirOnment aNd digitAl enabLers-FP1-MOTIONAL-HORIZON-ER-JU-2022-FA1-TT-01».
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Sábado 26 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100963

La Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería y Economía del Transporte M.P., SA (en
adelante, «INECO»), con CIF A-28220168, representada por su Presidente, don Sergio
Vázquez Torrón, actuando en nombre y representación de la citada empresa según
poder otorgado ante Notario de Madrid, don Juan Pérez Hereza, en fecha 19 de enero
de 2022 y número de protocolo 106, y
El Organismo Autónomo de la Administración del Estado Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas O.A. y M.P. (en adelante, «CEDEX»), con CIF
Q-2817003C, representado por su Directora doña Áurea Perucho Martínez. en virtud de
las facultades conferidas por la versión consolidada del Real Decreto 1136/2002, de 31
de octubre, cargo para el que fue nombrada por Resolución de 20 de mayo de 2021
(BOE número 127, de 28 de mayo de 2021), de la Secretaría de Estado de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana.
Las partes colectivamente son designadas, en adelante e indiferentemente, como las
«partes», e individualmente también como la «parte».
Reconociéndose las partes la capacidad legal suficiente para suscribir el presente
convenio,en la representación en la que intervienen:
EXPONEN
Primero.
Que ADIF es un organismo público adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad
Sostenible, que goza de personalidad jurídica propia así como de plena capacidad de
obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio, y que se rige por lo
establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sus normas de
desarrollo, en su respectivo Estatuto, y en la legislación presupuestaria y otras normas
de aplicación.
En el ejercicio de sus funciones ADIF actúa con autonomía de gestión teniendo en
cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades
sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del
sistema ferroviario.
ADIF está legitimado para proceder a la suscripción del presente convenio al amparo
de lo establecido en el artículo 4.2 del Real Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre. El
precepto citado faculta expresamente a ADIF para poder celebrar convenios con la
Administración General del Estado, con otras Administraciones Públicas, así como con
cualquier otra entidad pública o privada.

Que Renfe-Operadora es un organismo público de los previstos en el artículo 103 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito al
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible a través de la Secretaría de Estado de
Transportes y Movilidad Sostenible; tiene personalidad jurídica propia y diferenciada de
la del Estado, plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, patrimonio y
tesorería propios. En el ejercicio de sus funciones, actúa con autonomía de gestión,
teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las
necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia
global del sistema ferroviario.
El Real Decreto 2396/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de
la entidad pública empresarial Renfe-Operadora, faculta a esta entidad para celebrar
cualesquiera convenios con la Administración General del Estado o con otras
Administraciones Públicas para el mejor cumplimiento de sus fines.

cve: BOE-A-2025-15566
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.