Ministerio de Trabajo y Economía Social. III. Otras disposiciones. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2025-15573)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo de SafetyKleen España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101009
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15573
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo de SafetyKleen España,
SA.
Visto el texto del VIII Convenio Colectivo de la empresa SafetyKleen España, SA
(código de convenio n.º 90016632012007), que fue suscrito con fecha 17 de febrero
de 2025, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de
los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado mediante Acta de 30 de
junio de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
VIII CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SAFETYKLEEN ESPAÑA, SA
CAPÍTULO 1
Disposiciones Generales
Artículo 1.
Ámbito de aplicación.
El presente convenio colectivo, suscrito entre la empresa SafetyKleen España, SA y
los RLPT, será de aplicación en todos los centros de trabajo de la empresa.
Ámbito personal.
El presente convenio afectará a todo el personal fijo o eventual que preste servicios
para la empresa, exceptuando del mismo al personal directivo que desarrolle funciones
de planificación y dirección estratégica de las actividades de la empresa (esto es, los
miembros del comité de dirección y los Jefes de Área/Región).
cve: BOE-A-2025-15573
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 179
Sábado 26 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 101009
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
15573
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la
que se registra y publica el VIII Convenio Colectivo de SafetyKleen España,
SA.
Visto el texto del VIII Convenio Colectivo de la empresa SafetyKleen España, SA
(código de convenio n.º 90016632012007), que fue suscrito con fecha 17 de febrero
de 2025, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de
los trabajadores afectados, y que ha sido finalmente subsanado mediante Acta de 30 de
junio de 2025, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo,
sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este centro directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 10 de julio de 2025.–La Directora General de Trabajo, María Nieves
González García.
VIII CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA SAFETYKLEEN ESPAÑA, SA
CAPÍTULO 1
Disposiciones Generales
Artículo 1.
Ámbito de aplicación.
El presente convenio colectivo, suscrito entre la empresa SafetyKleen España, SA y
los RLPT, será de aplicación en todos los centros de trabajo de la empresa.
Ámbito personal.
El presente convenio afectará a todo el personal fijo o eventual que preste servicios
para la empresa, exceptuando del mismo al personal directivo que desarrolle funciones
de planificación y dirección estratégica de las actividades de la empresa (esto es, los
miembros del comité de dirección y los Jefes de Área/Región).
cve: BOE-A-2025-15573
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.