Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal laboral. (BOE-A-2025-15440)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, por la que se convoca proceso selectivo para la contratación de personal laboral fijo, con la titulación universitaria de Titulado Superior, fuera de Convenio FC1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025

Sec. II.B. Pág. 100267

aspirante, y una entrevista personal relacionada con los méritos a valorar. Se valorará
con 40 puntos, debiendo obtenerse un mínimo de 20 puntos para superarla.
I.

Valoración de méritos.

La valoración de méritos se realizará únicamente respecto de las personas
candidatas que hayan superado la fase de oposición.
Se valorarán hasta un máximo de 25 puntos los siguientes méritos, que deberán
poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
a)

Méritos profesionales: máximo 20 puntos.

1. Experiencia en tareas similares a las descritas en el anexo II. Puntuación
máxima 15 puntos.
1.1 Forma de puntuación: 1,5 puntos por cada año completo de experiencia y 0.15
puntos por cada mes de las fracciones que sumadas no sumen un año completo.
1.2 Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de
personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y copia autenticada
del contrato o contratos de trabajo junto con certificación de vida laboral expedida por la
Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos. Cuando la experiencia
profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia
autenticada del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se
sustituirá por copia autenticada del contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.
2. Experiencia en trabajos con tareas distintas pero relacionadas con las descritas
en el anexo II. Puntuación máxima 5 puntos.
2.1 Forma de puntuación: 0,5 puntos por cada año completo de experiencia y 0.041
puntos por cada mes de las fracciones que sumadas no sumen un año completo.
2.2 Forma de acreditación: certificado expedido por la correspondiente unidad de
personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración, y copia autenticada
del contrato o contratos de trabajo junto con certificación de vida laboral expedida por la
Tesorería General de la Seguridad Social en los demás casos. Cuando la experiencia
profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, la copia
autenticada del contrato o de los contratos de trabajo exigidos en los demás casos se
sustituirá por copia autenticada del contrato o contratos de servicios que hubieran dado
lugar a la experiencia alegada.
En ningún caso, la suma de las puntuaciones obtenidas por los conceptos anteriores
podrá superar los 20 puntos de puntuación máxima de méritos profesionales.
b)

Méritos formativos: 5 puntos.

1. Cursos, seminarios o congresos (siempre que tengan una duración mínima de 15
horas) relacionados con las funciones de la plaza a la que se opta: máximo 4 puntos.

2.
2.1
2.2

Forma de puntuación: 0,5 puntos por cada curso, seminario o congreso.
Forma de acreditación: copia auténtica de los títulos o certificados.
Certificados de idiomas: máximo 1 punto.
Inglés: B1 o superior: 0,75 puntos.
Otros idiomas nacionales o extranjeros: B1 o superior: 0,25 puntos.

cve: BOE-A-2025-15440
Verificable en https://www.boe.es

1.1
1.2