Comisión Nacional Del Mercado de Valores. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15480)
Resolución de 17 de julio de 2025, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio marco con la Fundación ONCE.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100618
inclusión social de las personas con discapacidad a través del empleo, la formación y la
accesibilidad universal.
Que ILUNION es el grupo empresarial socialmente responsable del Grupo Social
ONCE, que tiene como objeto desarrollar acciones empresariales innovadoras que
favorezcan la integración laboral de las personas con discapacidad, manteniendo el
equilibrio entre los objetivos económicos y sociales.
Que la Asociación Inserta Empleo es una entidad perteneciente al Grupo Social
ONCE, experta en el desarrollo de programas de formación, empleo y consultoría,
especialmente dirigidos a potenciar la inserción laboral de las personas con
discapacidad.
Segundo.
Que la CNMV es un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada, cuyo régimen jurídico y competencias vienen
determinadas por el título II de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de
Valores y de los Servicios de Inversión (en adelante, la LMVSI) De conformidad con el
artículo 18.1 y 2 de la LMVSI, la CNMV es el organismo competente en materia de
supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de cuantas
personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mismos, del ejercicio sobre
ellas de la potestad sancionadora y de las demás funciones que se le atribuyen en esta
ley, correspondiéndole velar por la transparencia de los mercados de valores españoles y
la correcta formación de precios en los mismos, así como la protección de los inversores.
Tercero.
Que tanto la Fundación ONCE como la CNMV están de acuerdo en aunar sus
esfuerzos dentro del ámbito de sus respectivas competencias, con el fin de contribuir a la
inclusión social de las personas con discapacidad, respetando así los compromisos
establecidos en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las personas
con discapacidad, para lo cual están interesadas en la firma del presente Convenio
Marco de colaboración.
En consonancia con lo expuesto anteriormente, las Partes firmantes manifiestan su
interés en estrechar los lazos de colaboración existentes y pactar la posibilidad de
entablar nuevos ámbitos de colaboración formalizando al efecto el presente Convenio
Marco de Colaboración, que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Segunda.
Ámbitos de colaboración.
En el marco del presente convenio, las partes podrán colaborar en los siguientes
ámbitos de colaboración y líneas de actuación:
A.
La CNMV.
1. Promoviendo el tratamiento adecuado y respetuoso de la discapacidad por parte
de los servicios que presta la CNMV.
cve: BOE-A-2025-15480
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de este convenio es establecer los términos que regularán las líneas de
colaboración entre ambas Partes, en lo referido a impulsar de manera conjunta acciones
y programas que favorezcan la sensibilización social sobre los derechos de las personas
con discapacidad y su plena inclusión en nuestra sociedad, así como la inclusión laboral
de las personas con discapacidad en la CNMV.
Núm. 178
Viernes 25 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 100618
inclusión social de las personas con discapacidad a través del empleo, la formación y la
accesibilidad universal.
Que ILUNION es el grupo empresarial socialmente responsable del Grupo Social
ONCE, que tiene como objeto desarrollar acciones empresariales innovadoras que
favorezcan la integración laboral de las personas con discapacidad, manteniendo el
equilibrio entre los objetivos económicos y sociales.
Que la Asociación Inserta Empleo es una entidad perteneciente al Grupo Social
ONCE, experta en el desarrollo de programas de formación, empleo y consultoría,
especialmente dirigidos a potenciar la inserción laboral de las personas con
discapacidad.
Segundo.
Que la CNMV es un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia y
plena capacidad pública y privada, cuyo régimen jurídico y competencias vienen
determinadas por el título II de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los Mercados de
Valores y de los Servicios de Inversión (en adelante, la LMVSI) De conformidad con el
artículo 18.1 y 2 de la LMVSI, la CNMV es el organismo competente en materia de
supervisión e inspección de los mercados de valores y de la actividad de cuantas
personas físicas y jurídicas se relacionan en el tráfico de los mismos, del ejercicio sobre
ellas de la potestad sancionadora y de las demás funciones que se le atribuyen en esta
ley, correspondiéndole velar por la transparencia de los mercados de valores españoles y
la correcta formación de precios en los mismos, así como la protección de los inversores.
Tercero.
Que tanto la Fundación ONCE como la CNMV están de acuerdo en aunar sus
esfuerzos dentro del ámbito de sus respectivas competencias, con el fin de contribuir a la
inclusión social de las personas con discapacidad, respetando así los compromisos
establecidos en la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las personas
con discapacidad, para lo cual están interesadas en la firma del presente Convenio
Marco de colaboración.
En consonancia con lo expuesto anteriormente, las Partes firmantes manifiestan su
interés en estrechar los lazos de colaboración existentes y pactar la posibilidad de
entablar nuevos ámbitos de colaboración formalizando al efecto el presente Convenio
Marco de Colaboración, que se regirá con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto del convenio.
Segunda.
Ámbitos de colaboración.
En el marco del presente convenio, las partes podrán colaborar en los siguientes
ámbitos de colaboración y líneas de actuación:
A.
La CNMV.
1. Promoviendo el tratamiento adecuado y respetuoso de la discapacidad por parte
de los servicios que presta la CNMV.
cve: BOE-A-2025-15480
Verificable en https://www.boe.es
El objeto de este convenio es establecer los términos que regularán las líneas de
colaboración entre ambas Partes, en lo referido a impulsar de manera conjunta acciones
y programas que favorezcan la sensibilización social sobre los derechos de las personas
con discapacidad y su plena inclusión en nuestra sociedad, así como la inclusión laboral
de las personas con discapacidad en la CNMV.