Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2025-15474)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Engie Castelnou, SLU, autorización administrativa previa para la planta fotovoltaica Saurus, de 152,25 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para hibridación con la central térmica de ciclo combinado Castelnou, en Castelnou y Samper de Calanda (Teruel).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100573

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Engie Castelnou, SLU,
autorización administrativa previa para la planta fotovoltaica Saurus, de
152,25 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, para
hibridación con la central térmica de ciclo combinado Castelnou, en
Castelnou y Samper de Calanda (Teruel).

Con fecha 3 de mayo de 2022, subsanada el 1 de junio de 2022, Engie Castelnou, SLU
(en adelante el promotor), presentó solicitud de elaboración del Documento de Alcance
del estudio de impacto ambiental de la instalación solar fotovoltaica Saurus, de 155,10
MW pico y 137,03 MW nominales, para su hibridación con la Central de Ciclo Combinado
Castelnou, de 790,68 MW, así como de su infraestructura de evacuación, ubicada en los
términos municipales de Castelnou y Samper de Calanda, en la provincia de Teruel.
Con fecha 13 de octubre de 2022, la Dirección General de Calidad y Evaluación
Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico emite
Documento de Alcance para la evaluación ambiental del proyecto.
Con fecha 31 de diciembre de 2022, el promotor solicitó autorización administrativa
previa, autorización administrativa de construcción y declaración, en concreto, de utilidad
pública para la planta solar fotovoltaica Saurus de 137,03 MWn y 155,10 MWp, para su
hibridación con la central térmica de ciclo combinado Castelnou, ubicada en los términos
municipales de Castelnou y Samper de Calanda, provincia de Teruel, y para su
infraestructura de evacuación, que comprende la subestación eléctrica SET
Saurus 30/400 kV, la línea eléctrica a 400 kV entre la SET Saurus y la subestación
eléctrica de la central de ciclo combinado SET CTCC Castelnou, y la ampliación de dicha
SET CTCC Castelnou. El resto de la infraestructura de evacuación hasta la red de
transporte no forma parte del alcance de la solicitud y se encuentra en funcionamiento.
El expediente fue incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la
Subdelegación del Gobierno en Teruel, y se tramitó de conformidad con lo previsto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto en la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los correspondientes informes
a las distintas administraciones, organismos y empresas de servicio público o de
servicios de interés general en la parte que la instalación pueda afectar a bienes y
derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición, de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, del Ministerio de Transportes y
Movilidad Sostenible y de Aragonesa de Servicios Telemáticos (AST). Se ha dado
traslado al promotor de dichas contestaciones, el cual expresa su conformidad con
las mismas.
Se ha recibido contestaciones de la Confederación Hidrográfica del Ebro, del
Consejo de Ordenación del Territorio de Aragón (COTA), de la Dirección General de
Ordenación del Territorio del Gobierno de Aragón, de Red Eléctrica de España, SAU, de
E-Distribución Redes Digitales, SLU, de Endesa, SL y del Consejo Provincial de
Urbanismo de Teruel, donde se ponen de manifiesto una serie de propuestas y/o
condicionantes en relación con el proyecto consultado. Las consideraciones en materia
de medio ambiente son objeto de consideración en el trámite de evaluación de impacto

cve: BOE-A-2025-15474
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