Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Premios. (BOE-A-2025-15467)
Orden PJC/810/2025, de 23 de julio, por la que se regulan las bases del Premio Nacional del Juguete y por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de Cultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Viernes 25 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 100366

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
Orden PJC/810/2025, de 23 de julio, por la que se regulan las bases del
Premio Nacional del Juguete y por la que se modifica la Orden de 22 de junio
de 1995, por la que se regulan los Premios Nacionales del Ministerio de
Cultura.

La Declaración de los Derechos del Niño de 1959 reconoce en el principio 7 que la
infancia debe disfrutar plenamente de juegos y recreaciones, los cuales deberán estar
orientados hacia los fines perseguidos por la educación. La sociedad y las autoridades
públicas se esforzarán por promover el goce de este derecho propio de la infancia.
Esta proclamación se reforzó en la Convención sobre los Derechos del Niño de 1989
que, en su artículo 31, dispone que los Estados Parte reconocen el derecho de niñas y
niños al esparcimiento, al juego y a las actividades recreativas propias de su edad y que
propiciarán oportunidades apropiadas, en condiciones de igualdad, de participar en la
vida recreativa y de esparcimiento.
Posteriormente, la Observación general n.º 17 del Comité de los Derechos del Niño
de 2013 sobre el derecho de niñas y niños al descanso, el esparcimiento, el juego, las
actividades recreativas, la vida cultural y las artes reconoce el valor intrínseco para la
infancia del juego al constituir un elemento central del desarrollo físico, social, cognitivo,
emocional y espiritual. Asimismo, subraya que la actividad lúdica de niñas y niños genera
una «cultura de la infancia» y señala que estos reproducen, transforman, crean y
transmiten la cultura a través de su propio juego. También, refleja la preocupación por
determinados juguetes y juegos como los que promueven los estereotipos de género
tradicionales o la sexualización precoz de las niñas y establece recomendaciones para
los Estados para promover los derechos de la infancia.
Los juguetes y juegos acompañan a lo largo de la infancia. No son únicamente
objetos destinados a divertir y entretener, sino que enseñan y son un elemento más de
expresión. Jugar es una actividad fundamental para el desarrollo y aprendizaje de la
infancia, pues permite potenciar la imaginación a niñas y niños, explorar el medio
ambiente en el que se desenvuelven, expresar su visión particular del mundo,
manifestándola mediante su creatividad a través del lenguaje oral y corporal, así como el
desarrollo de habilidades socioemocionales y psicomotoras que se materializan de su
relación entre pares y personas adultas.
Jugar enriquece el cerebro, el cuerpo y la vida de la infancia de una manera muy
importante, al incidir en su desarrollo y sano crecimiento. Fomenta la capacidad de
planificar, organizar, relacionarse y regular las emociones y ayuda al desarrollo del
lenguaje y de diferentes destrezas.
Con carácter general, los juguetes y juegos contribuyen a mejorar la coordinación
psicomotriz; a discriminar formas, tamaños colores, olores y texturas; permiten
experimentar y reconocer diversas emociones y repercute en el establecimiento de
vínculos afectivos que propician la cooperación, la empatía y la seguridad de la infancia.
Asimismo, los juguetes y juegos, además de tener un impacto significativo en el
desarrollo cognitivo y emocional de niñas y niños, han de ser seguros y transmitir valores
acordes con los consensos sociales. El juguete y el juego desempeñan un papel
fundamental en la promoción de los principios y objetivos que se aspira alcanzar como
sociedad, tal y como la igualdad entre hombres y mujeres, la inclusión, la accesibilidad
universal, la no discriminación o la erradicación de formas de violencia como son el
racismo o la LGTBIfobia.

cve: BOE-A-2025-15467
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