Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Recursos. (BOE-A-2025-15378)
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 19, por la que se suspende la inscripción de una finca expropiada en un procedimiento de expropiación por tasación conjunta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98812
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15378
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 19, por la que se suspende la
inscripción de una finca expropiada en un procedimiento de expropiación por
tasación conjunta.
En el recurso interpuesto por don L. R. T. B., en nombre y representación y como
presidente de la Junta de Compensación de (…), contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Madrid número 19, doña María Belén Andújar Arias, por
la que se suspende la inscripción de una finca expropiada en un procedimiento de
expropiación por tasación conjunta.
Hechos
Mediante acta de ocupación y pago levantada el día 22 de junio de 2023, el Área de
Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid expropiaba a la sociedad
«Sierra Vieja, S.L.U.», el pleno dominio del 100 % de la finca incluida en el sector de
suelo urbanizable programado con ordenación pormenorizada UZPp (…), con una
superficie, según la descripción técnica, de 16.386,0828 metros cuadrados, identificada
con el número E-307 del proyecto de expropiación, la cual se correspondía con la finca
registral número 39.766 del Registro de la Propiedad de Madrid número 19, tierra de
secano cereal, en (…) afectada por un proyecto de expropiación por tasación conjunta,
siendo el beneficiario de la expropiación la Junta de Compensación del Sector UZPp (…)
El titular registral y el titular según el proyecto de expropiación era la citada mercantil
«Sierra Vieja, S. L.U.», titular no adherido a la Junta de Compensación y, en
consecuencia, afectado por el procedimiento de expropiación por tasación conjunta.
La valoración del bien expropiado ascendía, según el proyecto de expropiación
aprobado, a la cantidad de 128.008,08 euros, incluido el 5 % del premio de afección. En
ese acto se realizaba el pago de la valoración expropiatoria reflejada en la hoja de
aprecio aprobada, cantidad que resultaba concurrente con la considerada como correcta
por la parte expropiada, quedando pendiente que el Jurado Territorial de Expropiación
Forzosa de Madrid o, en su caso, los tribunales establecieran definitivamente el
justiprecio expropiatorio. El pago se realiza mediante un cheque bancario nominativo por
el mencionado importe de 128.008,08 euros, copia del cual se acompañaba y formaba
con el acta de ocupación y pago un único documento, sirviendo la misma acta de recibo
de éste.
En la propia acta se solicitaba, asimismo, la inscripción en el Registro de la
Propiedad de Madrid número 19 de la totalidad de la finca objeto de expropiación, al
amparo de lo establecido en los artículos 44 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación
Urbana, y 209 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre
Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, a favor de la beneficiaria de la expropiación.
El acta se encontraba firmada por doña C. M. M., como representante de la Junta de
Compensación UZPp (…) por don Jesús Ignacio Pascual Martín, director general de
Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Madrid, como representante de dicho
cve: BOE-A-2025-15378
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98812
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
15378
Resolución de 23 de junio de 2025, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 19, por la que se suspende la
inscripción de una finca expropiada en un procedimiento de expropiación por
tasación conjunta.
En el recurso interpuesto por don L. R. T. B., en nombre y representación y como
presidente de la Junta de Compensación de (…), contra la nota de calificación de la
registradora de la Propiedad de Madrid número 19, doña María Belén Andújar Arias, por
la que se suspende la inscripción de una finca expropiada en un procedimiento de
expropiación por tasación conjunta.
Hechos
Mediante acta de ocupación y pago levantada el día 22 de junio de 2023, el Área de
Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid expropiaba a la sociedad
«Sierra Vieja, S.L.U.», el pleno dominio del 100 % de la finca incluida en el sector de
suelo urbanizable programado con ordenación pormenorizada UZPp (…), con una
superficie, según la descripción técnica, de 16.386,0828 metros cuadrados, identificada
con el número E-307 del proyecto de expropiación, la cual se correspondía con la finca
registral número 39.766 del Registro de la Propiedad de Madrid número 19, tierra de
secano cereal, en (…) afectada por un proyecto de expropiación por tasación conjunta,
siendo el beneficiario de la expropiación la Junta de Compensación del Sector UZPp (…)
El titular registral y el titular según el proyecto de expropiación era la citada mercantil
«Sierra Vieja, S. L.U.», titular no adherido a la Junta de Compensación y, en
consecuencia, afectado por el procedimiento de expropiación por tasación conjunta.
La valoración del bien expropiado ascendía, según el proyecto de expropiación
aprobado, a la cantidad de 128.008,08 euros, incluido el 5 % del premio de afección. En
ese acto se realizaba el pago de la valoración expropiatoria reflejada en la hoja de
aprecio aprobada, cantidad que resultaba concurrente con la considerada como correcta
por la parte expropiada, quedando pendiente que el Jurado Territorial de Expropiación
Forzosa de Madrid o, en su caso, los tribunales establecieran definitivamente el
justiprecio expropiatorio. El pago se realiza mediante un cheque bancario nominativo por
el mencionado importe de 128.008,08 euros, copia del cual se acompañaba y formaba
con el acta de ocupación y pago un único documento, sirviendo la misma acta de recibo
de éste.
En la propia acta se solicitaba, asimismo, la inscripción en el Registro de la
Propiedad de Madrid número 19 de la totalidad de la finca objeto de expropiación, al
amparo de lo establecido en los artículos 44 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación
Urbana, y 209 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre
Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, a favor de la beneficiaria de la expropiación.
El acta se encontraba firmada por doña C. M. M., como representante de la Junta de
Compensación UZPp (…) por don Jesús Ignacio Pascual Martín, director general de
Gestión Urbanística del Ayuntamiento de Madrid, como representante de dicho
cve: BOE-A-2025-15378
Verificable en https://www.boe.es
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