Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (BOE-A-2025-15418)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de julio de 2025, por el que se modifica el de 27 de febrero de 2024, por el que se establecen las condiciones generales de ejecución y los términos financieros para la implementación de las facilidades gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y/o Axis Participaciones Empresariales SGEICC, SA, S.M.E., en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA
15418

Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría de Estado de Economía y
Apoyo a la Empresa, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 15 de julio de 2025, por el que se modifica el de 27 de febrero de
2024, por el que se establecen las condiciones generales de ejecución y los
términos financieros para la implementación de las facilidades gestionadas
por el Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. y/o Axis Participaciones
Empresariales SGEICC, SA, S.M.E., en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 15 de julio de 2025, ha adoptado un
acuerdo por el que se modifica el Acuerdo de Consejo de Ministros de 27 de febrero
de 2024, por el que se establecen las condiciones generales de ejecución y los términos
financieros para la implementación de las facilidades gestionadas por el Instituto de
Crédito Oficial, E.P.E. y/o AXIS Participaciones Empresariales SGEICC, SA, S.M.E., en
el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A los efectos de dar publicidad al mencionado acuerdo del Consejo de Ministros
de 15 de julio de 2025,
Esta Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa ha resuelto disponer
la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente
resolución.
Madrid, 18 de julio de 2025.–El Secretario de Estado de Economía y Apoyo a la
Empresa, Israel Arroyo Martínez.

El pasado 17 de julio de 2024 se publicó en el «Boletín Oficial del Estado» el Real
Decreto 676/2024, de 16 de julio, por el que se regulan las condiciones de la
transformación de la Sociedad Estatal de Microelectrónica y Semiconductores, SA,
S.M.E., en la Entidad Pública Empresarial Sociedad Española para la Transformación
Tecnológica, E.P.E. (en adelante, SETT E.P.E.), y se aprueba su estatuto.
Entre las funciones atribuidas a SETT E.P.E. en sus estatutos, figura la ejecución del
Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica de
Microelectrónica y Semiconductores (PERTE Chip), la Facilidad Next Tech y el Fondo
Spain Audiovisual Hub, pudiendo llevar a cabo cuantas actuaciones de apoyo se
contemplan en el Anexo de la Decisión de Ejecución del Consejo (UE), de 13 de julio
de 2021, relativa a la aprobación del Plan de Recuperación y Resiliencia de España,
cuya evaluación fue objeto de revisión por la Decisión de Ejecución del Consejo de
Asuntos Económicos y Financieros de la Unión Europea de 17 de octubre de 2023.
Mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 28 de noviembre de 2024 se modificó
el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de febrero de 2024 con el fin de excluir al
Fondo Spain Audiovisual Hub de las facilidades gestionadas por el Instituto de Crédito
Oficial (ICO) y/o Axis, al pasar a ser ejecutado íntegramente por SETT E.P.E. Asimismo,
se estableció que la gestión de la Facilidad Next Tech sería compartida entre ICO, Axis y
SETT E.P.E.
No obstante, tras la aprobación por parte de la Comisión Europea, y ante las
dificultades de imputar al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR) la inversión
de Axis en la European Tech Champions Initiative (ETCI), se ha determinado que la
Facilidad Next Tech, dotada con 4.000 millones de euros, será gestionada íntegramente
por SETT E.P.E.

cve: BOE-A-2025-15418
Verificable en https://www.boe.es

ANEXO