Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-15375)
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, a la Escala Administrativa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
12.
Sec. II.B. Pág. 98778
Nombramiento de personal funcionario
12.1 Con carácter general, la adjudicación de destinos al personal de nuevo ingreso
se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, entre los
puestos que han quedado vacantes tras el concurso previo, en su caso, del personal
funcionario de carrera y según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo,
siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de
puestos de trabajo. Estos destinos tendrán carácter definitivo.
12.2 Las personas aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 135.6 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función
Pública Valenciana, tendrán preferencia para cubrir las vacantes correspondientes, sobre
las personas aspirantes que no procedan de ese turno.
12.3 Las vacantes que, en la relación de puestos de trabajo del personal técnico,
de gestión y de administración y servicios de esta Universitat Politècnica de València,
tienen como requisito «Conocimientos de inglés equivalente a nivel B2 reconocidos en
las tablas de ACLES» solo podrán ser ofertadas a las personas aspirantes que hayan
superado estas pruebas selectivas perteneciendo al cupo de puestos con el requisito de
conocimientos de idioma inglés. Así mismo las personas aspirantes que hayan superado
estas pruebas por este cupo de conocimientos de inglés, tan solo podrán optar a los
puestos que en la mencionada relación de puestos de trabajo contengan dicho requisito
de inglés, salvo que la relación de aprobados en el cupo de acceso libre, sin este cupo,
no cubra la totalidad de plazas ofertadas.
12.4 No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, las personas aspirantes que
opten a vacantes reservadas a cualquier tipo de discapacidad dentro de esta
convocatoria, podrán solicitar al rector la alteración del orden de prelación por motivos de
dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser
acreditados. El rector decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente
justificado, limitándose a realizar la mínima modificación en el orden de prelación en la
adjudicación, necesaria para posibilitar el acceso a un puesto adecuado para la persona
con discapacidad.
12.5 Concluido el proceso selectivo y transcurrido el plazo de presentación de la
documentación, las personas que lo hubieran superado serán nombradas personal
funcionario de carrera mediante resolución que se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» con especificación del destino adjudicado, en base al orden de
puntuación obtenido por las personas aspirantes y según la petición de destino de
conformidad con los apartados anteriores.
12.6 El plazo de toma de posesión del destino adjudicado, se hará constar en la
resolución de nombramiento.
Tratamiento de la información
13.1 La Universitat Politècnica de València (UPV), con domicilio en camí de Vera,
s/n, 46022 Valencia, es la responsable del tratamiento de la información y de los datos
personales.
13.2 La finalidad del tratamiento, a través de las diferentes unidades de gestión y
órganos colegiados de la UPV, es la gestión de los procesos selectivos de concurrencia
competitiva y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la
información y publicidad activa.
13.3 La conservación de los datos se prolongará durante el tiempo necesario para
la finalidad, y el cumplimiento de las previsiones legales.
13.4 Los datos podrán ser objeto de cesión a otras Administraciones públicas o
transferencias internacionales de datos, para lo que la UPV ha adoptado las medidas de
garantía y protección de un nivel adecuado a lo previsto por el Reglamento General de
Protección de Datos (UE/2016/679).
13.5 El ejercicio del derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición o
limitación al tratamiento o de portabilidad de los datos podrá realizarse mediante
cve: BOE-A-2025-15375
Verificable en https://www.boe.es
13.
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
12.
Sec. II.B. Pág. 98778
Nombramiento de personal funcionario
12.1 Con carácter general, la adjudicación de destinos al personal de nuevo ingreso
se efectuará de acuerdo con las peticiones de las personas interesadas, entre los
puestos que han quedado vacantes tras el concurso previo, en su caso, del personal
funcionario de carrera y según el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo,
siempre que reúnan los requisitos determinados para cada puesto en las relaciones de
puestos de trabajo. Estos destinos tendrán carácter definitivo.
12.2 Las personas aspirantes que ingresen por el turno de promoción interna, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 135.6 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función
Pública Valenciana, tendrán preferencia para cubrir las vacantes correspondientes, sobre
las personas aspirantes que no procedan de ese turno.
12.3 Las vacantes que, en la relación de puestos de trabajo del personal técnico,
de gestión y de administración y servicios de esta Universitat Politècnica de València,
tienen como requisito «Conocimientos de inglés equivalente a nivel B2 reconocidos en
las tablas de ACLES» solo podrán ser ofertadas a las personas aspirantes que hayan
superado estas pruebas selectivas perteneciendo al cupo de puestos con el requisito de
conocimientos de idioma inglés. Así mismo las personas aspirantes que hayan superado
estas pruebas por este cupo de conocimientos de inglés, tan solo podrán optar a los
puestos que en la mencionada relación de puestos de trabajo contengan dicho requisito
de inglés, salvo que la relación de aprobados en el cupo de acceso libre, sin este cupo,
no cubra la totalidad de plazas ofertadas.
12.4 No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, las personas aspirantes que
opten a vacantes reservadas a cualquier tipo de discapacidad dentro de esta
convocatoria, podrán solicitar al rector la alteración del orden de prelación por motivos de
dependencia personal, dificultades de desplazamiento u otras análogas, que deberán ser
acreditados. El rector decidirá dicha alteración cuando se encuentre debidamente
justificado, limitándose a realizar la mínima modificación en el orden de prelación en la
adjudicación, necesaria para posibilitar el acceso a un puesto adecuado para la persona
con discapacidad.
12.5 Concluido el proceso selectivo y transcurrido el plazo de presentación de la
documentación, las personas que lo hubieran superado serán nombradas personal
funcionario de carrera mediante resolución que se publicará en el «Diari Oficial de la
Generalitat Valenciana» con especificación del destino adjudicado, en base al orden de
puntuación obtenido por las personas aspirantes y según la petición de destino de
conformidad con los apartados anteriores.
12.6 El plazo de toma de posesión del destino adjudicado, se hará constar en la
resolución de nombramiento.
Tratamiento de la información
13.1 La Universitat Politècnica de València (UPV), con domicilio en camí de Vera,
s/n, 46022 Valencia, es la responsable del tratamiento de la información y de los datos
personales.
13.2 La finalidad del tratamiento, a través de las diferentes unidades de gestión y
órganos colegiados de la UPV, es la gestión de los procesos selectivos de concurrencia
competitiva y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la
información y publicidad activa.
13.3 La conservación de los datos se prolongará durante el tiempo necesario para
la finalidad, y el cumplimiento de las previsiones legales.
13.4 Los datos podrán ser objeto de cesión a otras Administraciones públicas o
transferencias internacionales de datos, para lo que la UPV ha adoptado las medidas de
garantía y protección de un nivel adecuado a lo previsto por el Reglamento General de
Protección de Datos (UE/2016/679).
13.5 El ejercicio del derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición o
limitación al tratamiento o de portabilidad de los datos podrá realizarse mediante
cve: BOE-A-2025-15375
Verificable en https://www.boe.es
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