Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Puertos. (BOE-A-2025-15403)
Resolución de 12 de junio de 2025, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría de Pontevedra, por la que se publica la Ordenanza portuaria para el control del tráfico terrestre en el puerto de Marín.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 98960

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE
15403

Resolución de 12 de junio de 2025, de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría
de Pontevedra, por la que se publica la Ordenanza portuaria para el control
del tráfico terrestre en el puerto de Marín.

Aprobada por el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría
de Pontevedra en sesión celebrada el 29 de mayo de 2025, la Ordenanza Portuaria para
el control del tráfico terrestre en el puerto de Marín (APM-02) procede, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 295.4 del texto refundido de la Ley de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, a la publicación, en el «Boletín Oficial del Estado», de la citada ordenanza,
que figura como anexo a la presente resolución.
Marín, 12 de junio de 2025.–El Presidente de la Autoridad Portuaria de Marín y Ría
de Pontevedra, José Benito Suárez Costa.
ANEXO
Ordenanza portuaria para el control del tráfico terrestre en el Puerto de Marín
ÍNDICE
Preámbulo.
Capítulo I.

Disposiciones generales.

Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.

Objeto.
Ámbito de aplicación.
Consejo de Administración y Policía Portuaria.

Artículo 4. Condiciones de acceso por zonas.
Artículo 5. Accesos.
Artículo 6. Normas generales.
Artículo 7. Normas específicas de circulación para vehículos a motor por la zona de
servicio del puerto.
Artículo 8. Estacionamientos.
Artículo 9. Normas específicas para peatones.
Artículo 10. Normas específicas para las bicicletas y vehículos de movilidad
personal (VMP).
Artículo 11. Operaciones de vehículos prohibidas en la zona portuaria.
Artículo 12. Normas específicas de circulación para transportes especiales y
medios mecánicos.
Artículo 13. Retirada, desplazamiento y abandono de vehículos y otros elementos.
Artículo 14. Señalización.
Artículo 15. Orden de prioridad y obediencia de las señales.
Capítulo III.

Régimen disciplinario.

Artículo 16. Competencia.
Artículo 17. Responsabilidad.
Artículo 18. Procedimiento.

cve: BOE-A-2025-15403
Verificable en https://www.boe.es

Capítulo II. Disposiciones de circulación.