Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Abogacía. (BOE-A-2025-15376)
Orden PJC/797/2025, de 21 de julio, por la que se convoca la segunda prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de la Abogacía para el año 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025
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Sec. III. Pág. 98800

Actuaciones previas a la celebración de la prueba

En los días que se determinen, que se anunciarán con la debida antelación en la
página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, se
desarrollará la fase demo, en la que las personas aspirantes podrán acceder a la
plataforma AVEX de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), a través
del enlace https://entrada.aulavirtualexamenes.es/ y en una pantalla de bienvenida se les
pedirá la dirección de correo electrónico (que será la misma que previamente han
facilitado al Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes) y, tras
pulsar el recuadro «Solicitar código» que aparecerá en la misma pantalla, se les remitirá
un código de acceso a su cuenta de correo que deberán conservar cuidadosamente, ya
que será imprescindible para acceder el día de la prueba a la plataforma.
La persona aspirante podrá acceder tantas veces como quiera desde la sala de
espera a un examen de prueba, durante esos días, para familiarizarse con la plataforma.
Ni las respuestas ni las preguntas formuladas en la sala de espera se conservarán
durante esta fase y tampoco habrá corrección de dicha prueba.
Desarrollo de la prueba

La evaluación consistirá en una prueba escrita objetiva de contenido teórico-práctico
con contestaciones o respuestas múltiples, cuyo contenido se ajustará a la normativa
publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de publicación de la presente
convocatoria, aun cuando no hubiese entrado en vigor, y tendrá una duración de tres
horas.
Su contenido se fijará por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con
las Cortes y su finalidad es medir los conocimientos teórico-prácticos de los participantes
acerca del ejercicio de la profesión de la Abogacía, así como el conocimiento de las
normas deontológicas y profesionales.
A tal objeto, esta prueba tendrá como base el programa orientativo de materias que
se contiene en el anexo de la presente convocatoria.
La prueba se celebrará de forma online de manera simultánea con cualquier
dispositivo con acceso a Internet, a través de la plataforma AVEX de la UNED entrando
en el enlace https://entrada.aulavirtualexamenes.es/, y se iniciará a las 9:00 hora
peninsular en un único llamamiento, siendo excluidas las personas aspirantes que no
accedan en hora al aula virtual, salvo los casos debidamente justificados y apreciados
por la Comisión Evaluadora.
Los dispositivos estarán dotados de webcam y durante la celebración de la prueba se
podrán tomar de modo aleatorio una o más imágenes sin utilizar técnicas de
reconocimiento facial. Estas imágenes se emplearán únicamente para comprobar que
las personas aspirantes durante la celebración de la prueba no se valen de medios no
permitidos para su realización. La webcam deberá estar activa el día de la celebración
de la prueba y durante todo el tiempo que permanezcan conectados a la plataforma para
su realización.
La persona aspirante podrá acceder a la plataforma desde veinte minutos antes de la
hora señalada para el comienzo de la prueba de acceso. Una vez allí, se le pedirá que
introduzca su cuenta de correo electrónico y el código obtenido en la fase anterior y que
acepte, si no lo ha hecho ya, en cuyo caso se le recordará, el compromiso de respetar
las normas de la prueba, no consultar en ningún momento textos legales, ni manuales
jurídicos, ni cualquier otro documento o dispositivo electrónico de apoyo con capacidad
de almacenamiento de información o posibilidad de comunicación mediante voz o datos,
ni servirse del auxilio de persona alguna, desde el inicio del ejercicio y hasta el final del
mismo.
La cuenta de correo deberá ser obligatoriamente aquella en la que haya recibido el
código de acceso.
La obtención del código una vez iniciada la prueba de acceso no permite su
realización.

cve: BOE-A-2025-15376
Verificable en https://www.boe.es

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