Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Seguridad informática. (BOE-A-2025-15397)
Orden HAC/800/2025, de 16 de julio, por la que se aprueba la Política de Seguridad de la Información en el ámbito de la Administración digital del Ministerio de Hacienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Jueves 24 de julio de 2025

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superior correspondiente, lo que enlaza con los principios de necesidad, seguridad
jurídica y transparencia.
De acuerdo con los principios de eficacia y eficiencia, el proyecto mantiene la
estructura organizativa preexistente en relación con la Política de Seguridad de la
Información (PSI) en el Ministerio de Hacienda, incluyendo las cuestiones relativas a
protección de datos personales y política de continuidad de negocio.
De la norma proyectada no se derivan impactos apreciables en el orden económico,
presupuestario, de distribución de competencias, ni por razón de género,
introduciéndose únicamente algunas modificaciones puntuales en relación con la
normativa vigente con anterioridad, con lo que se da cumplimiento al principio de
proporcionalidad. No obstante, atendiendo al principio de buena regulación normativa, se
ha optado por la derogación de la orden vigente con anterioridad y la aprobación de una
nueva norma.
Esta orden ha sido informada por la Comisión Ministerial de Administración Digital y
la Agencia Española de Protección de Datos.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de
la Función Pública, dispongo:
Artículo 1.

Objeto y ámbito de aplicación.

1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 12.3 del Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en al ámbito de la
Administración Electrónica, constituye el objeto de la presente orden la aprobación de la
Política de Seguridad de la Información (en adelante PSI) en el ámbito de la
Administración digital del Ministerio de Hacienda, así como su marco organizativo y
tecnológico.
2. La PSI será de obligado cumplimiento para todos los órganos superiores y
directivos del Ministerio de Hacienda, incluidos los órganos territoriales adscritos al
Ministerio, que no tengan establecida su propia política de seguridad, siendo aplicable a
los activos empleados por el Departamento en la prestación de los servicios de la
Administración digital.
3. Se podrán adscribir a la presente PSI aquellos organismos y entidades de
derecho público vinculados o dependientes del Ministerio de Hacienda que no tengan
establecida su propia política de seguridad y así lo soliciten.
4. La PSI será de obligado cumplimiento para todo el personal que acceda tanto a
los sistemas de información como a la propia información que sea gestionada por el
Departamento, con independencia de cuál sea su destino, adscripción o relación.
Artículo 2. Misión del Departamento.

Artículo 3. Marco legal y regulatorio.
El marco normativo en que se desarrollan las actividades del Ministerio de Hacienda
en el ámbito de la prestación de los servicios electrónicos a los ciudadanos, sin perjuicio
de la legislación específica, se compone, principalmente, de las siguientes disposiciones:
1. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
garantía de los derechos digitales.
2. Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de
abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al

cve: BOE-A-2025-15397
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio de Hacienda es el Departamento de la Administración General del
Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en las
siguientes materias: hacienda pública, presupuestos y gastos, empresas públicas,
aplicación y gestión de los sistemas de financiación autonómica y local, provisión de
información sobre la actividad económico-financiera de las distintas administraciones
públicas y estrategia, coordinación y normativa en materia de contratación pública.