Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. I. Disposiciones generales. Tratados internacionales. (BOE-A-2025-15318)
Enmiendas de 2022 al Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por su Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL), adoptadas mediante Resolución MEPC.360(79). Anexo V del Convenio MARPOL. (Instalaciones de recepción regionales en aguas del Ártico y Libro registro de basuras).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 98593
puerto o situación del buque en el momento del acaecimiento (latitud, longitud y
profundidad del agua, si se sabe), los motivos de la descarga o pérdida, los
pormenores de los artículos descargados o perdidos, las categorías de las
basuras descargadas o perdidas, el volumen estimado de cada categoría en
metros cúbicos, así como las precauciones razonables adoptadas para prevenir o
reducir al mínimo dichas descargas o pérdidas accidentales y observaciones
generales.»
***
Las presentes enmiendas entraron en vigor, con carácter general y para España, el 1
de mayo de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2).g).ii) del Convenio
Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el
Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL).
cve: BOE-A-2025-15318
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 177
Jueves 24 de julio de 2025
Sec. I. Pág. 98593
puerto o situación del buque en el momento del acaecimiento (latitud, longitud y
profundidad del agua, si se sabe), los motivos de la descarga o pérdida, los
pormenores de los artículos descargados o perdidos, las categorías de las
basuras descargadas o perdidas, el volumen estimado de cada categoría en
metros cúbicos, así como las precauciones razonables adoptadas para prevenir o
reducir al mínimo dichas descargas o pérdidas accidentales y observaciones
generales.»
***
Las presentes enmiendas entraron en vigor, con carácter general y para España, el 1
de mayo de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2).g).ii) del Convenio
Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el
Protocolo de 1978 (Convenio MARPOL).
cve: BOE-A-2025-15318
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 16 de julio de 2025.–La Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez
Álvarez.
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X