Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. III. Otras disposiciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. (BOE-A-2025-15303)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de 27 de junio de 2025, de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Cantabria, en relación con la Ley 3/2024, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98475
Cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, quede
redactado con el siguiente tenor literal:
«a) Bienes inmuebles que no estén destinados a vivienda o vivienda turística y no
estén afectos a una actividad económica.»
II. En razón al Acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de Cantabria».
cve: BOE-A-2025-15303
Verificable en https://www.boe.es
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–
El Consejero de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos,
Luis Ángel Agüeros Sánchez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98475
Cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, quede
redactado con el siguiente tenor literal:
«a) Bienes inmuebles que no estén destinados a vivienda o vivienda turística y no
estén afectos a una actividad económica.»
II. En razón al Acuerdo alcanzado, ambas partes coinciden en considerar resueltas
las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada.
III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el
artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así
como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín
Oficial de Cantabria».
cve: BOE-A-2025-15303
Verificable en https://www.boe.es
El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.–
El Consejero de Economía, Hacienda, Financiación Autonómica y Fondos Europeos,
Luis Ángel Agüeros Sánchez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X