Ministerio de Sanidad. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-15238)
Real Decreto 665/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para el fomento de políticas de reducción de la demanda de drogas y otras adicciones, financiada con cargo al Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados durante el ejercicio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Miércoles 23 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 98210

actuaciones sobre drogodependencias y otras conductas adictivas en el ámbito
municipal, que se concretan en las actividades de reducción de la demanda en materia
de drogas y otras adicciones a desarrollar por esta federación, entendiéndose incluidas
entre las mismas las de prevención, tratamiento, rehabilitación, reducción de daños y
formación en materia de drogodependencias y otras conductas adictivas.
Asimismo, este real decreto se ajusta al principio de proporcionalidad porque es el
instrumento necesario para la ejecución de la acción a la que se refiere, ya que contiene
la regulación imprescindible para atender a las necesidades que se pretenden cubrir;
garantiza el principio de seguridad jurídica ya que es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico nacional y de la Unión Europea, y, en particular, con la legislación
en materia de subvenciones; se dicta de acuerdo al principio de transparencia pues se
ha definido claramente su alcance y objetivo; y por último, atiende al principio de
eficiencia, pues no supone cargas administrativas accesorias y contribuye a la gestión
racional de estos recursos públicos existentes, en tanto que la norma asegura la máxima
eficacia de sus postulados con los menores costes posibles inherentes a su aplicación,
de modo que se logren los objetivos de interés general a que atiende la norma y la
entidad beneficiaria.
Por último, y en cuanto al título competencial se refiere, el real decreto se aprueba al
amparo de lo recogido en el artículo 149.1.1.ª y 16.ª de la Constitución Española, que
atribuyen al Estado, respectivamente, la competencia exclusiva en la regulación de las
condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de
los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, así como sobre las
bases y la coordinación general de la sanidad.
En la tramitación de este real decreto se ha recabado informe de la Abogacía del
Estado en el Ministerio de Sanidad.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Sanidad, con la aprobación previa del
Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, con el informe del
Ministerio de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
día 22 de julio de 2025,
DISPONGO:

1. Este real decreto tiene por objeto regular la concesión directa de una
subvención, con carácter extraordinario y por razones de interés público, social y
económico, a la Federación Española de Municipios y Provincias (en adelante, FEMP),
para el fomento e impulso de políticas de reducción de la demanda de drogas y otras
adicciones, considerándose incluidas las actividades de prevención, tratamiento,
rehabilitación, reducción de daños y formación.
2. Se autoriza la concesión directa de estas subvenciones en aplicación de lo
dispuesto en el artículo 22.2.c) y 28.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, así como en el artículo 67 del Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006,
de 21 de julio, por concurrir razones de interés público y económico ya que la FEMP,
asociación de entidades locales con personalidad jurídica plena para el fomento y
defensa de la autonomía de las entidades locales, representa, en la actualidad, a más
del noventa y cinco por ciento de los gobiernos locales españoles. Adicionalmente,
ostenta vocalía en el Consejo Español de Drogodependencias y otras Adicciones y
dispone de una larga trayectoria de colaboración con la Delegación del Gobierno para el
Plan Nacional sobre Drogas. Ambas vertientes convierten a la FEMP en una herramienta
que favorece la interlocución de ambas administraciones públicas y constituye un
elemento aglutinador que promueve el alineamiento de las actividades a realizar por las
entidades locales en el ámbito de las adicciones con las prioridades y políticas públicas
acordadas y promovidas en el Plan Nacional sobre Drogas.

cve: BOE-A-2025-15238
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Objeto.