Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. I. Disposiciones generales. Subvenciones. (BOE-A-2025-15233)
Real Decreto 660/2025, de 22 de julio, por el que se regula la concesión directa de una subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias para la financiación de los gastos de funcionamiento de su actividad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Miércoles 23 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 98134

excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten
su convocatoria pública». De conformidad con lo previsto en el artículo 28.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, las normas especiales reguladoras de las
subvenciones previstas en el artículo 22.2.c) deberán ser aprobadas por real decreto, a
propuesta del Ministro competente y previo informe del Ministerio de Hacienda.
Por lo tanto, existen razones de interés público y social que justifican la concesión
directa de una subvención a la FEMP para los fines indicados, dado que es la asociación
que representa al mayor número de entidades locales, reuniendo los requisitos
mencionados en defensa de los intereses de los gobiernos locales y la más alta
representación institucional de los mismos, lo que justifica la cooperación económica del
Estado con la citada asociación de utilidad pública sin que exista la opción de acudir a un
procedimiento de concurrencia competitiva al no caber tal concurrencia.
En consecuencia, la subvención regulada en este real decreto tiene carácter singular
que se deriva de la naturaleza jurídica de la FEMP y su labor como órgano de
representación de las entidades locales en ámbitos diversos y su acción de cooperación
y colaboración con el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. Estas
razones determinan la improcedencia de la convocatoria pública de subvención.
El real decreto es conforme con los principios de necesidad, eficacia,
proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia recogidos en el
artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
En este sentido, esta norma es necesaria y eficaz para poder desarrollar la referida
actuación pública y se justifica por las expresadas razones de interés público, resulta
proporcional porque es el instrumento necesario para la ejecución de la acción a la que
se refiere. Igualmente, se garantiza el principio de seguridad jurídica, en tanto que es
coherente con el resto del ordenamiento jurídico, generando un marco normativo estable,
predecible, integrado, claro y de certidumbre.
En aplicación del principio de transparencia se han definido claramente el alcance y
objetivo, no sólo de esta norma sino de la propia dotación presupuestaria con la que se
financia la aportación del Estado, contemplándose la misma en el Plan Estratégico de
Subvenciones del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática 2025-2027, y
siendo obligatoria su publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
También, se atiende al principio de eficiencia, pues no supone cargas administrativas
accesorias.
Como se apuntaba, esta subvención está recogida en el Plan estratégico de
subvenciones del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, 2025-2027,
donde se enuncia el objetivo estratégico y línea de actuación a los que contribuye.
La norma ha sido objeto de consulta pública previa en los términos previstos en el
artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática,
con el informe del Ministerio de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Ministros
en su reunión del día 22 de julio de 2025,

Artículo 1. Objeto.
Este real decreto tiene por objeto la regulación de la concesión directa de una
subvención a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que tendrá el
carácter de base reguladora de la subvención a efectos de lo dispuesto en la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

cve: BOE-A-2025-15233
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