Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Vivienda. (BOE-A-2025-15292)
Orden PJC/784/2025, de 21 de julio, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 1 de julio de 2025, por el que se toma razón de los criterios de determinación de activos susceptibles de ser destinados a las políticas de vivienda asequible y se encomienda a los Ministerios de Vivienda y Agenda Urbana; Hacienda; y de Economía, Comercio y Empresa, la realización de las actuaciones necesarias para hacer efectiva la transmisión de los inmuebles de titularidad de la Sociedad de Gestión de Activos procedentes de la Reestructuración Bancaria, SA (SAREB), aptos para tal fin, a SEPES Entidad Pública Empresarial de Suelo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Miércoles 23 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 98429

cve: BOE-A-2025-15292
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El procedimiento y ritmo de incorporación de los inmuebles se realizará de tal
manera que permita la adecuada y óptima integración de éstos en el patrimonio de
SEPES, atendiendo a la capacidad operativa y situación jurídica de ambas entidades.
En base a ello, resulta conveniente encomendar a los Ministerios de Vivienda y
Agenda Urbana; Hacienda; y de Economía, Comercio y Empresa, la realización de las
actuaciones necesarias para hacer efectiva la transmisión a SEPES de la propiedad y
plena disposición de estos inmuebles identificados como aptos para alquiler asequible,
con el fin de destinarlos a las políticas de vivienda asequible del Ministerio de Vivienda y
Agenda Urbana, así como aquellos con contrato de alquiler social en vigor, en el
momento en que corresponda.
Esta transmisión supondrá una menor amortización de la deuda de SAREB de la
prevista en la actualidad, con el consiguiente impacto en el aval del Estado que garantiza
aquella, otorgado mediante Órdenes ministeriales de 14 de diciembre de 2012 y 16 de
diciembre de 2013. Este mayor impacto tendrá reflejo contable en la Cuenta General que
corresponda y el pago por ejecución de estos avales se imputará a los Presupuestos
Generales del Estado en el momento de la liquidación de la sociedad.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X