Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto DemográficoV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Planes de estudios. (BOE-B-2025-27393)
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento de revisión del deslinde aprobado por O.M. de 17 de julio de 2025, del tramo de costa de unos cuatrocientos setenta (470) metros de longitud, comprendido entre los vértices M-15 y M-21 del deslinde declarado conforme con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, por Orden Ministerial de 26 de abril de 1994, correspondiente al T.M. de Puzol (Valencia). DES01/99/46/0083-DES07/01. DL-36-V.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 42518
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27393
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento
de revisión del deslinde aprobado por O.M. de 17 de julio de 2025, del
tramo de costa de unos cuatrocientos setenta (470) metros de longitud,
comprendido entre los vértices M-15 y M-21 del deslinde declarado
conforme con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, por Orden
Ministerial de 26 de abril de 1994, correspondiente al T.M. de Puzol
(Valencia). DES01/99/46/0083-DES07/01. DL-36-V.
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento
General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se
procede a publicar la Orden Ministerial especificada:
"RESOLUCIÓN
Visto el expediente instruido por la Demarcación de Costas en Valencia relativo
a la revisión del deslinde del tramo de costa de unos cuatrocientos setenta (470)
metros de longitud, comprendido entre los vértices M-15 y M-21 del deslinde
aprobado por Orden Ministerial de 19 de junio de 1970, declarado conforme con la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, por Orden Ministerial de 26 de abril de
1994, correspondiente al término municipal de Puzol (Valencia).
ANTECEDENTES:
I) Por Orden Ministerial de 26 de abril de 1994 se declaró conforme con la Ley
22/1988, de 28 de julio, de Costas, el deslinde de la zona marítimo-terrestre
aprobado por Orden Ministerial de 19 de junio de 1970, en el término municipal de
Puzol (Valencia).
II) En el año 2003, y previa puesta a disposición del Estado de los terrenos
municipales que resultasen necesarios según certificado del Ayuntamiento de
Puzol de fecha 13/02/2003, se iniciaron las obras de construcción del paseo
marítimo de Puzol por parte del Estado, finalizando según recepción de las obras
en fecha 19/10/2006. Con la configuración actual del paseo, el deslinde de 1994
incluye en el dominio público la totalidad de la playa de Puzol y el paseo, excepto
en su tramo central.
IV) La Dirección General de la Costa y el Mar con fecha 15 de junio de 2023,
autorizó la incoación del expediente.
La Demarcación de Costas en Valencia, de acuerdo con el artículo 21.2 del
Reglamento General de Costas, una vez elaborado el plano de delimitación
provisional de la zona de dominio público y de la de servidumbre de protección, y
consultados de la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro los planos
catastrales y las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de los inmuebles
afectados, procedió a la incoación del expediente con fecha 17 de julio de 2023.
cve: BOE-B-2025-27393
Verificable en https://www.boe.es
III) La Demarcación de Costas en Valencia solicitó autorización para la
incoación del expediente de deslinde para incorporar al dominio público los
terrenos alcanzados por el mar en sus mayores temporales conocidos, de acuerdo
con lo establecido en el art. 3.1.a de la Ley de Costas y según los criterios técnicos
del artículo 4ª) de su Reglamento General, según la redacción dada por el Real
Decreto 668/2022, entonces vigente.
Núm. 176
Miércoles 23 de julio de 2025
Sec. V-B. Pág. 42518
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
27393
Anuncio de la Dirección General de la Costa y el Mar, en procedimiento
de revisión del deslinde aprobado por O.M. de 17 de julio de 2025, del
tramo de costa de unos cuatrocientos setenta (470) metros de longitud,
comprendido entre los vértices M-15 y M-21 del deslinde declarado
conforme con la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, por Orden
Ministerial de 26 de abril de 1994, correspondiente al T.M. de Puzol
(Valencia). DES01/99/46/0083-DES07/01. DL-36-V.
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 26.2 del Reglamento
General de Costas, aprobado por Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre, se
procede a publicar la Orden Ministerial especificada:
"RESOLUCIÓN
Visto el expediente instruido por la Demarcación de Costas en Valencia relativo
a la revisión del deslinde del tramo de costa de unos cuatrocientos setenta (470)
metros de longitud, comprendido entre los vértices M-15 y M-21 del deslinde
aprobado por Orden Ministerial de 19 de junio de 1970, declarado conforme con la
Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, por Orden Ministerial de 26 de abril de
1994, correspondiente al término municipal de Puzol (Valencia).
ANTECEDENTES:
I) Por Orden Ministerial de 26 de abril de 1994 se declaró conforme con la Ley
22/1988, de 28 de julio, de Costas, el deslinde de la zona marítimo-terrestre
aprobado por Orden Ministerial de 19 de junio de 1970, en el término municipal de
Puzol (Valencia).
II) En el año 2003, y previa puesta a disposición del Estado de los terrenos
municipales que resultasen necesarios según certificado del Ayuntamiento de
Puzol de fecha 13/02/2003, se iniciaron las obras de construcción del paseo
marítimo de Puzol por parte del Estado, finalizando según recepción de las obras
en fecha 19/10/2006. Con la configuración actual del paseo, el deslinde de 1994
incluye en el dominio público la totalidad de la playa de Puzol y el paseo, excepto
en su tramo central.
IV) La Dirección General de la Costa y el Mar con fecha 15 de junio de 2023,
autorizó la incoación del expediente.
La Demarcación de Costas en Valencia, de acuerdo con el artículo 21.2 del
Reglamento General de Costas, una vez elaborado el plano de delimitación
provisional de la zona de dominio público y de la de servidumbre de protección, y
consultados de la Sede Electrónica de la Dirección General del Catastro los planos
catastrales y las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas de los inmuebles
afectados, procedió a la incoación del expediente con fecha 17 de julio de 2023.
cve: BOE-B-2025-27393
Verificable en https://www.boe.es
III) La Demarcación de Costas en Valencia solicitó autorización para la
incoación del expediente de deslinde para incorporar al dominio público los
terrenos alcanzados por el mar en sus mayores temporales conocidos, de acuerdo
con lo establecido en el art. 3.1.a de la Ley de Costas y según los criterios técnicos
del artículo 4ª) de su Reglamento General, según la redacción dada por el Real
Decreto 668/2022, entonces vigente.