Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15202)
Resolución de 16 de julio de 2025, del Consorcio de la Zona Franca de Barcelona, por la que se publica el Convenio con la Fundación Policía Española.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97925
Las personas titulares de los datos podrán ejercer podrán ejercer los derechos de
acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de
datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, dirigiendo a:
– Consorci de la Zona Franca de Barcelona, av. Parc Logístic, 2-10, 08040 Barcelona,
o al correo electrónico dpd@zfbarclona.es, y a
– Fundación Policía Española: info@fundacionpoliciaespañola.es.
Asimismo, podrán presentar ante la Autoridad de Control competente la reclamación
que considere oportuna.
El control y seguridad de los datos suministrados y su posterior tratamiento por cada
parte se regirá por la normativa vigente en materia de protección de datos y seguridad de
la información, en particular el RGPD, la LOPDGDD, el Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y la Política de
Seguridad de la Información aprobada por cada una de las partes.
Las partes se comprometen a no divulgar los datos confidenciales relacionados con
el negocio de la otra parte a los que pueda tener acceso a sin el previo consentimiento
expreso del mismo. Asimismo, las partes garantizan que ha informado y obtenido la
conformidad de sus trabajadores de la prohibición expresa de divulgar los datos a los
que pudiesen tener acceso de forma accidental con motivo de los servicios prestados, y
el compromiso de guardar el secreto sobre dicha información y documentación a la que
puedan acceder, de conformidad con el artículo 5 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Una
vez finalizados los servicios pactados, las partes procederán a eliminar o, en su caso,
devolver los datos personales obtenidos durante la ejecución de los servicios, con
independencia del soporte o documento en que éstos consten, a menos que se requiera
la conservación de los datos personales en virtud de la normativa aplicable. Será
responsabilidad del destinatario el control de la divulgación de los mencionados datos
dentro de su organización.
cve: BOE-A-2025-15202
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste, firman digitalmente el presente convenio.–Por el Consorcio de la
Zona Franca de Barcelona, Pere Navarro i Morera.–Por Fundación Policía Española, María
Jesús Vega Llorente.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 97925
Las personas titulares de los datos podrán ejercer podrán ejercer los derechos de
acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de
datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, dirigiendo a:
– Consorci de la Zona Franca de Barcelona, av. Parc Logístic, 2-10, 08040 Barcelona,
o al correo electrónico dpd@zfbarclona.es, y a
– Fundación Policía Española: info@fundacionpoliciaespañola.es.
Asimismo, podrán presentar ante la Autoridad de Control competente la reclamación
que considere oportuna.
El control y seguridad de los datos suministrados y su posterior tratamiento por cada
parte se regirá por la normativa vigente en materia de protección de datos y seguridad de
la información, en particular el RGPD, la LOPDGDD, el Real Decreto 311/2022, de 3 de
mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad, y la Política de
Seguridad de la Información aprobada por cada una de las partes.
Las partes se comprometen a no divulgar los datos confidenciales relacionados con
el negocio de la otra parte a los que pueda tener acceso a sin el previo consentimiento
expreso del mismo. Asimismo, las partes garantizan que ha informado y obtenido la
conformidad de sus trabajadores de la prohibición expresa de divulgar los datos a los
que pudiesen tener acceso de forma accidental con motivo de los servicios prestados, y
el compromiso de guardar el secreto sobre dicha información y documentación a la que
puedan acceder, de conformidad con el artículo 5 Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Una
vez finalizados los servicios pactados, las partes procederán a eliminar o, en su caso,
devolver los datos personales obtenidos durante la ejecución de los servicios, con
independencia del soporte o documento en que éstos consten, a menos que se requiera
la conservación de los datos personales en virtud de la normativa aplicable. Será
responsabilidad del destinatario el control de la divulgación de los mencionados datos
dentro de su organización.
cve: BOE-A-2025-15202
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste, firman digitalmente el presente convenio.–Por el Consorcio de la
Zona Franca de Barcelona, Pere Navarro i Morera.–Por Fundación Policía Española, María
Jesús Vega Llorente.
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