Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-15220)
Resolución de 15 de julio de 2025, del Instituto de Crédito Oficial, por la que se publica la Adenda de prórroga y modificación al Convenio con la Fundación ICO, relativo a la participación en actividades de interés general para favorecer la promoción del arte y la arquitectura sostenible en la conservación y difusión de colecciones de obras de arte y la actividad expositiva del Museo ICO, y la promoción de la economía y las finanzas sostenibles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98060
El resto de las cláusulas del convenio, cuyo contenido ratifican ambas partes, quedan
inalteradas y, por tanto, con plena validez y eficacia.
Cláusula tercera.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días desde
su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, si bien, una vez
cumplidos dichos trámites el plazo de inicio de dicha eficacia quedará fijado en el 12 de
julio de 2025, fecha de vencimiento del convenio inicial objeto de prórroga con la
presente adenda.
cve: BOE-A-2025-15220
Verificable en https://www.boe.es
Lo que ambas partes firman en prueba de conformidad, en duplicado ejemplar, en
Madrid, a 11 de julio de 2025.–El Presidente del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. (ICO),
Manuel Illueca Muñoz.–El Vicepresidente de la Fundación ICO, Antonio Cordero Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 175
Martes 22 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 98060
El resto de las cláusulas del convenio, cuyo contenido ratifican ambas partes, quedan
inalteradas y, por tanto, con plena validez y eficacia.
Cláusula tercera.
Eficacia de la adenda.
La presente adenda resultará eficaz una vez inscrita, en el plazo de cinco días desde
su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de
Cooperación del sector público estatal. Asimismo, se publicará en el «Boletín Oficial del
Estado», en el plazo de diez días hábiles desde su formalización, si bien, una vez
cumplidos dichos trámites el plazo de inicio de dicha eficacia quedará fijado en el 12 de
julio de 2025, fecha de vencimiento del convenio inicial objeto de prórroga con la
presente adenda.
cve: BOE-A-2025-15220
Verificable en https://www.boe.es
Lo que ambas partes firman en prueba de conformidad, en duplicado ejemplar, en
Madrid, a 11 de julio de 2025.–El Presidente del Instituto de Crédito Oficial, E.P.E. (ICO),
Manuel Illueca Muñoz.–El Vicepresidente de la Fundación ICO, Antonio Cordero Gómez.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X