Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. I. Disposiciones generales. Lucha contra la desertificación. (BOE-A-2025-15140)
Orden TED/776/2025, de 8 de julio, por la que se actualiza la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Desertificación en los términos previstos en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y se aprueba su Plan de Implementación para el periodo comprendido entre 2025 y 2027.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Martes 22 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 97597

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia incluye, dentro de su
Componente 4 «Conservación y Restauración de Ecosistemas y su Biodiversidad», la
Reforma 4 (C4.R4): «Lucha contra la desertificación». Esta reforma tiene por objeto
contribuir a la protección, conservación y mejora del capital natural, centrándose en las
zonas áridas, semiáridas y subhúmedas secas, y minimizar la degradación de las tierras.
Para contribuir a ese objetivo, plantea en su hito L12, entre otras acciones, la «Adopción
de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación y del Plan de Acción
asociado».
Dando respuesta a los compromisos derivados de la Declaración ante la Emergencia
Climática y Ambiental aprobada el 21 de enero de 2020, y de la Reforma 4 (C4.R4) del
Plan de Recuperación y Resiliencia, se presentó en el Consejo de Ministros el 21 de
junio de 2022 la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación (en adelante,
ENLD), que se configura como el instrumento de planificación básico y de coordinación
de las políticas, iniciativas y acciones destinadas a luchar contra la desertificación y la
degradación de las tierras en España.
La ENLD, cuya presentación en Consejo de Ministros fue precedida de un amplio
elenco de consultas dirigidas a todos los departamentos ministeriales, las comunidades
autónomas y entidades de la sociedad civil, se configura por tanto, tal y como reflejan los
artículos 7 y 41 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, como un nuevo Programa de
Acción Nacional contra la Desertificación. Por ello, con la finalidad de ofrecer la suficiente
seguridad jurídica respecto al marco regulatorio aplicable en materia de lucha contra la
desertificación, procediendo a establecer una inequívoca relación de identidad formal
entre la ENLD y el Programa de Acción Nacional contra la Desertificación regulado en el
artículo 7 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, resulta necesario actualizar dicha
Estrategia en los términos previstos en el artículo 41 de ese texto legal, y declarar
también, de forma expresa, la pérdida de eficacia de la Orden ARM/2444/2008, de 12 de
agosto. Por otro lado, con la intención de definir con mayor precisión el modelo de
aplicación de la ENLD para un periodo de tiempo determinado, resulta igualmente
necesario aprobar su Plan de Implementación para el periodo comprendido entre 2025
y 2027.
Ambos instrumentos, Estrategia y Plan de Implementación, contribuyen, además, al
cumplimiento del hito L12 asociado a la Reforma 4 del Componente 4 (C4.R4) del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Para la elaboración de esta orden, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 41
de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, se ha posibilitado la participación activa de sus
potenciales destinatarios mediante la realización del trámite de audiencia e información
pública, se ha solicitado informe a los departamentos ministeriales afectados, y han sido
consultados el Consejo Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad y la Comisión
Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
En virtud de todo lo anterior, dispongo:
Primero.

Segundo.
Aprobar el Plan de Implementación de la Estrategia Nacional de Lucha contra la
desertificación para el periodo comprendido entre 2025 y 2027, que se incorpora como
anexo II.

cve: BOE-A-2025-15140
Verificable en https://www.boe.es

Actualizar la Estrategia Nacional de Lucha contra la Desertificación mediante su
aprobación en los términos previstos en los artículos 7 y 41.1 de la Ley 43/2003, de 21
de noviembre, que se incorpora como anexo I.