Universidades. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal técnico, de gestión y de administración y servicios. (BOE-A-2025-15098)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión, por el sistema general de acceso libre, de plazas de personal laboral fijo de la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivo y Museo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Lunes 21 de julio de 2025
B)

Fase de concurso.

1.

Experiencia profesional.

Sec. II.B. Pág. 97365

a. Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del
correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT, dentro del área
funcional de la plaza convocada, categoría profesional, o equivalente, y perfil del puesto
convocado, conforme a los criterios específicos que pueda establecer el Tribunal, según
lo establecido a continuación:
Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz: 0,616/365 puntos por día de
servicios prestados.
Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 0,308/365 puntos por día
de servicios prestados.
b. A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial. La
acreditación de la experiencia se realizará con la presentación de los contratos y
certificado de servicios previos de la Administración correspondiente.
c. El período máximo valorable será de 7 años inmediatamente anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 4,31 puntos.
2.

Antigüedad.

Por haber prestado servicios en cualquier Administración Pública: 0,538/365 puntos
por día de servicios prestados.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la antigüedad acreditada
mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.
Formación.

a) Sólo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados en los últimos 10 años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,269 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,336 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,448 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,673 puntos por
curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o
de aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c).

cve: BOE-A-2025-15098
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3.