Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2025-15129)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Xunta de Galicia, para la realización del proyecto «Proliferaciones de fitoplancton tóxico en los bancos marisqueros del interior de la ría de Pontevedra: entender el presente y prever el futuro (Planctox)».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 21 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97525

exponer de manera clara y accesible los resultados más importantes obtenidos en la
monitorización de las áreas de estudio, destacando aquellos aspectos que puedan ser
de interés para un público más amplio (Mes 23).
Entregable 4. Artículo científico sobre los resultados de los experimentos realizados
con las diferentes especies de fitoplancton bajo los diferentes escenarios ambientales. El
artículo detallará los efectos potenciales del cambio climático sobre las especies
estudiadas, mostrando como responden las diferentes variables ambientales en entornos
controlados. El objetivo será proporcionar datos relevantes sobre cómo las alteraciones
climáticas pueden afectar a la ecología de estas especies y en consecuencia al
ecosistema marino (Mes 26).
Entregable 5. Comunicación en un congreso. Casi al fin del proyecto se podrá
exponer los resultados más destacables obtenidos a lo largo de todas las actividades,
destacando los aspectos más novedosos y significativos en relación con el fitoplancton
tóxico y su relación con las variables ambientales (Mes 28).
Entregable 6. Artículo científico descriptivo de la zona. Este artículo ahondará en la
descripción pormenorizada de la zona de estudio, con especial énfasis en la presencia
de cistes en el fondo marino. Además, abordarán las correlaciones identificadas entre
variables ambientales y las proliferaciones de especies de fitoplancton tóxico,
subrayando su importancia ecológica y su papel en el ecosistema (Mes 30).
Entregable 7. Base de datos pública con toda la información recogida durante el
seguimiento en las áreas de estudio. Esta base de datos incluirá todos los datos
obtenidos de la monitorización intensiva de las áreas de estudio, así como todas las
variables analizadas físicas, químicas y biológicas. Además, también se unirán los datos
históricos recogidos durante la actividad 3. Esta base de datos estará disponible al
público, proporcionando una fuente de información útil para la comunidad científica
(Mes 32).
Entregable 8. Modelo de proliferación del fitoplancton: modelo predictivo basado
tanto en los datos de la monitorización realizada como en los datos históricos, en el que
se mostrará la relación entre variables ambientales y las proliferaciones de fitoplancton
tóxico (M33).
Entregable 9. Informes de carácter divulgativo destinados a las mariscadoras y al
personal que trabaja en el sector pesquero y de la acuicultura. Los informes tendrán
como objetivo transmitir a este colectivo los descubrimientos más relevantes del proyecto
y cómo pueden afectar a su trabajo diario, aportando conocimientos valiosos para la
sostenibilidad y gestión de los recursos marinos (Mes 34).
Cuarta. Compromisos de las partes.
Las partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones para el
cumplimiento del objeto del convenio:
1. Participar en las actividades colaborativas organizadas en el marco del convenio.
2. Entregarse mutuamente, sirviéndose si fuera preciso del mecanismo de
seguimiento establecido en la cláusula sexta, cualquier información que sea necesaria
para el correcto desarrollo de las diferentes actividades, hecho, problema o retraso que
pueda afectar adversamente al desarrollo del convenio. Asimismo, las partes
proporcionarán, sin demora, toda la información que el mecanismo de seguimiento
requiera razonablemente para llevar a cabo sus tareas.
3. Garantizar la protección de los resultados de la investigación y promover la
difusión que, en su caso, proceda, de acuerdo con el establecido en la cláusula séptima
del presente convenio.
4. Cumplir con las obligaciones específicas de información en relación con la
financiación por parte de la Unión Europea de la actividad subvencionada. Según el
artículo 50 del Reglamento (UE) número 2021/1060 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes

cve: BOE-A-2025-15129
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Núm. 174