Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2025-15123)
Resolución de 10 de julio de 2025, de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., por la que se publica la Adenda modificativa y de prórroga al Convenio con la Universitat de València, para la realización de prácticas académicas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Lunes 21 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97495

El cumplimiento de las obligaciones en materia de Seguridad Social, con
arreglo a la disposición adicional quincuagésima segunda apartado 4.º letra B) del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, corresponderán:
– Prácticas remuneradas: El cumplimiento de las obligaciones de seguridad
social corresponderá a la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A.
– Prácticas no remuneradas: El cumplimiento de las obligaciones de seguridad
social corresponderá a la Universitat de València.»
Tercera.

Modificación cláusula decimosegunda: Régimen de permisos.

En la cláusula decimosegunda, se completa la última frase quedando como sigue:
«Para ello, deberá comunicarlo previamente al tutor designado por la
Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y posterior justificación mediante la
presentación de la documentación acreditativa.»
Cuarta. Modificación cláusula decimocuarta: Comisión de Seguimiento.
Las partes firmantes acuerdan la modificación de la cláusula decimocuarta
añadiendo el siguiente párrafo:
«Por acuerdo de la Comisión de Seguimiento las partes podrán promover y
aprobar posibles reajustes de anualidades de pagos en función de la evolución de
la ejecución del objeto y de las actuaciones contempladas en el presente
convenio, siempre que estos no supongan un incremento económico global del
convenio, ni del plazo del mismo».
Quinta. Eficacia de la adenda modificativa y de prórroga.
La presente adenda modificativa y de prórroga resultará eficaz una vez inscrita, en el
plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de
Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Asimismo, será
publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el «Boletín Oficial
del Estado», tal y como establece el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y el
apartado 2 de la disposición adicional séptima de la citada ley.

cve: BOE-A-2025-15123
Verificable en https://www.boe.es

Para la debida constancia de lo acordado y en prueba de conformidad con todo lo
anterior, las partes firman esta adenda modificativa y de prórroga en el lugar y fecha de
la firma electrónica.–Por la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., el Presidente,
Miguel Polo Cebellán.–Por la Universitat de València, la Rectora Magnífica, Maria
Vicenta Mestre Escrivá.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X