Comunidad Autónoma de Las Illes Balears. I. Disposiciones generales. Conciliación de la vida personal, familiar y laboral. (BOE-A-2025-15047)
Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en las Illes Balears.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Lunes 21 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 97218

I. DISPOSICIONES GENERALES

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
15047

Ley 3/2025, de 4 de julio, de medidas dirigidas a la conciliación de la vida
personal, familiar y laboral en las Illes Balears.
LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS

Sea notorio a todos los ciudadanos que el Parlamento de las Illes Balears ha
aprobado y yo, en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el
artículo 48.2 del Estatuto de Autonomía, tengo a bien promulgar la siguiente Ley:
ÍNDICE
Exposición de motivos.
Título I.

Disposiciones generales.

Capítulo I.

Objeto, principios y objetivos.

Artículo 1.
Artículo 2.
Artículo 3.
Artículo 4.
Artículo 5.

Objeto y finalidad.
Ámbito de aplicación.
Definiciones.
Principios rectores.
Objetivos.

Capítulo II.
Artículo 6.
Artículo 7.
Artículo 8.
Artículo 9.
Artículo 10.
Artículo 11.
Artículo 12.

Transversalidad y órganos de participación.
Transversalidad.
Colaboración, cooperación y coordinación.
Estadísticas, estudios y proyectos.
Sensibilización.
Planificación autonómica, insular y local.
Órgano de seguimiento de las medidas.
Participación y asesoramiento.

Título II. Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y para la
corresponsabilidad.

Artículo 13.
Artículo 14.
Artículo 15.
Artículo 16.
Artículo 17.
Artículo 18.
Artículo 19.
Artículo 20.
Artículo 21.

Acciones de fomento de la conciliación personal, familiar y laboral.
Contratación pública.
Medidas fiscales.
Actuaciones en el ámbito de la ocupación pública.
Actuaciones en el ámbito comunitario.
Actuaciones en el ámbito de los servicios sociales.
Programas de innovación.
Acceso prioritario.
Transparencia retributiva en el ámbito público.

Capítulo II. Medidas para la conciliación y la corresponsabilidad en el sector privado.
Artículo 22. Fomento de la igualdad y de la conciliación en las entidades privadas.

cve: BOE-A-2025-15047
Verificable en https://www.boe.es

Capítulo I. Medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral y para la
corresponsabilidad en el ámbito público.