Comunidad Autónoma de Extremadura. I. Disposiciones generales. Ayudas. (BOE-A-2025-15046)
Decreto-ley 3/2025, de 27 de mayo, de ayuda excepcional de emergencia a explotaciones ovinas y de cereza especialmente afectadas por desastres naturales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Lunes 21 de julio de 2025
Disposición final primera.

Sec. I. Pág. 97204

Habilitaciones.

Se habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia Agricultura,
Ganadería y Desarrollo Sostenible a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para
el desarrollo y ejecución del presente decreto-ley dentro de su ámbito competencial.
Disposición final segunda.

Entrada en vigor.

El presente decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Por tanto, ordeno a la ciudadanía y a las autoridades que lo cumplan y lo hagan
cumplir.
Mérida, 27 de mayo de 2025.–La Presidenta de la Junta de Extremadura, María
Guardiola Martín.–La Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible,
Mercedes Morán Álvarez.

cve: BOE-A-2025-15046
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» número 106, de 4 de junio de 2025. Convalidación publicada
mediante Resolución de 7 de julio de 2025, de la Presidencia de la Asamblea de Extremadura, publicada
en el «Diario Oficial de Extremadura» número 133, de 11 de julio de 2025)