Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes. III. Otras disposiciones. Deporte de alto nivel. (BOE-A-2025-15029)
Resolución de 2 de julio de 2025, del Consejo Superior de Deportes, por la que se definen las instalaciones y programas deportivos del deporte de alto nivel y se establecen los criterios para su clasificación, a efectos de la concesión de subvenciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Sábado 19 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97116

deportivas españolas y, por otro lado, facilitar la localización de los núcleos de trabajo de
las mismas, fortalecer la labor de los entrenadores, desarrollar estructuras técnicas
consolidadas, establecer sistemas de trabajo organizado y realizar seguimientos de los
deportistas más relevantes.
A todos los efectos de lo establecido en esta resolución, siempre que se haga
referencia a las comunidades autónomas, será aplicable a las ciudades autónomas
de Ceuta y Melilla, en el ámbito de sus competencias en materia deportiva.
En consecuencia, y en uso de las atribuciones conferidas, el Presidente del Consejo
Superior de Deportes dispone:
Primero.

Tipos de centros deportivos.

1. Se distinguirán 4 tipos de centros, que se clasificarán en función de las
instalaciones y servicios de los que dispongan, así como de los programas deportivos
clasificados que en ellos se desarrollen: Programa Deportivo de Alto Rendimiento (AR),
Programa Deportivo de Tecnificación Estatal (TE) y Programa Deportivo de Tecnificación
Autonómica (TA).
a) Centros de alto rendimiento (CAR): instalaciones deportivas de titularidad estatal
y/o autonómica que acogen principalmente programas deportivos de alto rendimiento de
varias modalidades y/o especialidades o pruebas deportivas, con deportistas de equipos
nacionales o estratégicamente prioritarios para las federaciones deportivas españolas, y
atienden prioritariamente a las necesidades de entrenamiento de estas.
b) Centros especializados de alto rendimiento (CEAR): instalaciones de titularidad
estatal y/o autonómica, y/o local, y/o de federaciones deportivas, que acogen principalmente
programa/s deportivos de alto rendimiento de una modalidad, y/o especialidad, o
pruebas deportivas concretas, con las mismas características que los CAR.
c) Centros de tecnificación deportiva (CTD): instalaciones deportivas de titularidad
estatal, autonómica y/o local que acogen principalmente programas deportivos de
tecnificación estatal de varias modalidades y/o especialidades o pruebas deportivas, y
desarrollan actividad tanto en el ámbito autonómico como estatal, del mismo modo
atendiendo a necesidades de entrenamiento tanto de federaciones deportivas españolas
como federaciones autonómicas.
d) Centros especializados de tecnificación deportiva (CETD): instalaciones de
titularidad estatal y/o autonómica, y/o local, y/o de federaciones deportivas, que acogen
principalmente programa/s deportivos de tecnificación estatal de una modalidad, y/o
especialidad, o pruebas deportivas concretas, con las mismas características que los CTD.
2. Los centros obtendrán una única clasificación (CAR, CEAR, CTD o CETD), no
pudiendo recibir un mismo Centro una doble clasificación.
3. La finalidad común de estos centros será la mejora del rendimiento deportivo,
proporcionando a los deportistas y técnicos las mejores condiciones de entrenamiento en
sus respectivos niveles, y deberán cumplir en cuanto a sus instalaciones y servicios con
lo descrito en el apartado quinto de esta resolución.
Tipos de programas deportivos.

1. Los programas que se desarrollen en los centros podrán ser programas
deportivos de alto rendimiento (AR), programas deportivos de tecnificación estatal (TE) y
programas deportivos de tecnificación autonómica (TA):
a) Se denominan programas deportivos de alto rendimiento (AR) aquellos tutelados
por federaciones deportivas españolas, dirigidos a deportistas de categoría absoluta y/o
inferiores, prioritariamente miembros de equipos nacionales, y cuya actividad se
desarrolla principalmente en el ámbito internacional.
b) Se denominan programas deportivos de tecnificación estatal (TE) aquellos
tutelados por federaciones deportivas españolas, dirigidos a deportistas de categorías

cve: BOE-A-2025-15029
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Segundo.