Ministerio de Hacienda. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2025-15025)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga al Convenio con la Agencia Tributaria de Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 173

Sábado 19 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 97095

Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el
“Boletín Oficial del Estado”, de conformidad con lo establecido en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015.
De acuerdo con el artículo 49 h) de la mencionada ley, la vigencia inicial del convenio
será de 4 años desde la fecha de su inscripción en el Registro electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, pudiéndose
acordar su prórroga por un periodo máximo de cuatro años en cualquier momento
anterior a la finalización del plazo de vigencia».
Tercero.
Desde la firma del convenio se han producido modificaciones normativas y se han
adoptado mejoras en materia de control y seguridad de los datos suministrados y de
tratamiento de los datos de carácter personal. Por ello, ha sido necesario adaptar las
cláusulas del convenio a las normas vigentes, tanto europeas como nacionales, sobre
protección de datos de carácter personal y sobre seguridad de la información. Mediante
esta adenda, se introducen las modificaciones pertinentes.
Cuarto.
El convenio se ha desarrollado a plena satisfacción de las partes y por ello es de
interés continuar con el desarrollo del mismo.
Quinto.
Antes de que finalice la vigencia del convenio suscrito en 2021, las partes, mediante
esta adenda, manifiestan su voluntad de prorrogarlo.
Sexto.
La Abogacía del Estado del Ministerio de Hacienda ha informado favorablemente
sobre la formalización de esta adenda en fecha 13 de marzo de 2025. Asimismo,
también ha informado favorablemente la Asesoría Jurídica del Departamento de
Economía y Finanzas en fecha 15 de abril de 2025.
Séptimo.
El Gabinete de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos ha emitido el
informe correspondiente, de fecha 20 de marzo de 2025, y la Dirección General
de Cooperación Autonómica y Local (Secretaría General de Coordinación Territorial.
Secretaría de Estado de Política Territorial), del Ministerio de Política Territorial
y Memoria Democrática, lo ha emitido también con fecha 25 de marzo de 2025, de
conformidad con la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre, por la que se publica
el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban
las instrucciones para la tramitación de convenios.

La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda ha autorizado, en fecha 27
de mayo de 2025, la suscripción de esta adenda, de conformidad con la Orden
HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan
los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones
y ayudas de los titulares de las secretarías de Estado.

cve: BOE-A-2025-15025
Verificable en https://www.boe.es

Octavo.