Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14880)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación de la Universidad de Cantabria para el Estudio y la Investigación del Sector Financiero, para colaborar en la realización del encuentro «El camino hacia la economía de impacto. IV edición».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96390
III. Compromiso económico.
i. Para la realización de las actuaciones señaladas en el apartado II.i de esta
cláusula, y según detalle que se recoge en el anexo II, la UIMP asume un compromiso
económico máximo de gestión de diez mil euros (10.000,00 euros). La totalidad de este
importe corresponde a los costes generales de funcionamiento de servicios e
infraestructuras para el conjunto de la programación de verano en Santander que se
repercuten a este encuentro que se indican a continuación: difusión, programa, carpetas
y equipamientos y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de locales,
vigilancia y personal. Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por
estos conceptos vinculado a este convenio.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza la
Fundación UCEIF a la UIMP, la aportación que deberá asumir la UIMP para el encuentro
será de tres mil euros (3.000,00 euros), estando dicho importe ya incluido en el
compromiso económico máximo indicado en el punto i. de este apartado.
Cuarta.
Visibilidad de la colaboración.Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
encuentro se destacará la colaboración de la Fundación UCEIF con la UIMP, respetando
en todo caso los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este
fin. La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el
tiempo y el ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de
la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones
o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberá
previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
encuentro, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Las partes no consideran necesario crear una comisión específica como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto de
forma coordinada, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente
para la buena marcha del convenio y siempre que alguna de las partes lo pida.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de encuentros avanzados), y serán el personal
cve: BOE-A-2025-14880
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96390
III. Compromiso económico.
i. Para la realización de las actuaciones señaladas en el apartado II.i de esta
cláusula, y según detalle que se recoge en el anexo II, la UIMP asume un compromiso
económico máximo de gestión de diez mil euros (10.000,00 euros). La totalidad de este
importe corresponde a los costes generales de funcionamiento de servicios e
infraestructuras para el conjunto de la programación de verano en Santander que se
repercuten a este encuentro que se indican a continuación: difusión, programa, carpetas
y equipamientos y gastos de infraestructura de mantenimiento y limpieza de locales,
vigilancia y personal. Por tanto, no es preciso aprobar un gasto específico adicional por
estos conceptos vinculado a este convenio.
ii. Teniendo en cuenta el presupuesto aprobado y la aportación que realiza la
Fundación UCEIF a la UIMP, la aportación que deberá asumir la UIMP para el encuentro
será de tres mil euros (3.000,00 euros), estando dicho importe ya incluido en el
compromiso económico máximo indicado en el punto i. de este apartado.
Cuarta.
Visibilidad de la colaboración.Titularidad de los resultados. Publicaciones.
I. En todos los medios y soportes que se utilicen para la promoción y difusión del
encuentro se destacará la colaboración de la Fundación UCEIF con la UIMP, respetando
en todo caso los logotipos y las directrices de imagen externa que se faciliten con este
fin. La difusión de esta colaboración por parte de la UIMP no constituirá una prestación
de servicios.
II. La titularidad y derechos de autor de las ponencias, conferencias y demás
presentaciones que se efectúen en el encuentro en ejecución de este convenio, así
como de los materiales audiovisuales, gráficos, etc. que las apoyen, serán en todo caso
de los profesores que las hayan elaborado e impartido. No obstante, dichos autores
podrán transmitir a las partes firmantes del convenio sin carácter de exclusividad los
derechos patrimoniales de explotación, digitalización, reproducción, distribución,
comunicación pública y transformación de dichos materiales si así se acuerda y se
formaliza por escrito, mediante documento en el que se recoja el alcance de la cesión, el
tiempo y el ámbito territorial. En todo caso las partes se comprometen al cumplimiento de
la legislación vigente en materia de propiedad intelectual.
III. En el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones
o producciones audiovisuales sobre el contenido y material del encuentro deberá
previamente comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás
permisos que legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título del
encuentro, fecha y lugar en el que se impartió, así como la colaboración de las partes
firmantes en su organización, debiendo supervisar necesariamente cada una de ellas
estos aspectos. La edición se llevará a cabo sin coste alguno para la otra parte, salvo
que se acuerde otra cosa mediante el correspondiente convenio. La parte editora enviará
a la otra un mínimo de 3 ejemplares para sus bibliotecas y archivos.
Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.
Las partes no consideran necesario crear una comisión específica como órgano
colegiado que se encargue del seguimiento del desarrollo del convenio, si bien los
equipos técnicos y responsables de ambas entidades estarán en estrecho contacto de
forma coordinada, comunicándose o reuniéndose siempre que lo consideren conveniente
para la buena marcha del convenio y siempre que alguna de las partes lo pida.
Por parte de la UIMP el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio
y de los compromisos adquiridos por los firmantes será efectuada a través del
Vicerrectorado de Relaciones Institucionales y Programación de Actividades (o, en caso
de cambio de organigrama, la persona titular del Vicerrectorado que tenga la
competencia sobre la programación de encuentros avanzados), y serán el personal
cve: BOE-A-2025-14880
Verificable en https://www.boe.es
Quinta.