Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-14880)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Fundación de la Universidad de Cantabria para el Estudio y la Investigación del Sector Financiero, para colaborar en la realización del encuentro «El camino hacia la economía de impacto. IV edición».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96389
En el caso de que el encuentro no pudiera celebrarse por causa de fuerza mayor, por
la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la UIMP, o por
cualquier otra causa ajena a cualquiera de las partes, la Fundación UCEIF no deberá
realizar ninguna aportación a la UIMP, asumiendo cada una de las partes los gastos que
ya hubiesen realizado antes de la cancelación del encuentro y que no puedan
recuperarse.
IV.
Gestión de colaboraciones y patrocinios.
La Fundación UCEIF podrá recabar la financiación de otras entidades públicas o
privadas para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio,
informando de ello previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en
ningún caso participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente
convenio, sino que simplemente aportarán fondos en calidad de entidades colaboradoras
o patrocinadoras, mediante la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o
acuerdos con la Fundación UCEIF, que será quien asimismo reciba la financiación. Los
acuerdos a los que la Fundación UCEIF llegue con dichas entidades sobre su
financiación y contraprestaciones no podrán suponer modificación alguna a lo pactado
entre la Fundación UCEIF y la UIMP en este documento.
Tercera.
I.
Compromisos asumidos por la UIMP.
Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta de la Fundación UCEIF, sin que ello
suponga el pago de honorarios por parte de la Universidad. Asimismo corresponde a la
UIMP el nombramiento del reso del profesorado, sin que conlleve pago de honorarios por
parte de la UIMP.
– Corresponde a la UIMP la aprobación del programa definitivo y de las normas
conforme a las que debe desarrollarse, en especial toda la normativa relativa a criterios
de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que
se cumpla el más escrupuloso respeto a la independencia de la propia institución y de
las personas que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
II. Gestión del encuentro.
i. La UIMP asumirá, conforme a su propia normativa, los siguientes compromisos
de gestión en cuanto a la ejecución del encuentro:
ii. La UIMP no ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de
becas para el conjunto de cursos de su programación.
iii. La UIMP mantendrá indemne a la Fundación UCEIF de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la
propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado,
alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse
afectada.
cve: BOE-A-2025-14880
Verificable en https://www.boe.es
– Gestionará todos los servicios e infraestructuras generales vinculadas al
funcionamiento del conjunto de su programación académica en Santander, en la que
está incluido este encuentro. En concreto se realizarán las actuaciones que se detallan
en el presupuesto que se recoge como anexo II.
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96389
En el caso de que el encuentro no pudiera celebrarse por causa de fuerza mayor, por
la falta del número mínimo de alumnos requerido según la normativa de la UIMP, o por
cualquier otra causa ajena a cualquiera de las partes, la Fundación UCEIF no deberá
realizar ninguna aportación a la UIMP, asumiendo cada una de las partes los gastos que
ya hubiesen realizado antes de la cancelación del encuentro y que no puedan
recuperarse.
IV.
Gestión de colaboraciones y patrocinios.
La Fundación UCEIF podrá recabar la financiación de otras entidades públicas o
privadas para cubrir su compromiso económico en relación con este convenio,
informando de ello previamente a la UIMP para su conformidad. Estas entidades en
ningún caso participarán en la organización del encuentro ni en la ejecución del presente
convenio, sino que simplemente aportarán fondos en calidad de entidades colaboradoras
o patrocinadoras, mediante la suscripción de los correspondientes convenios, contratos o
acuerdos con la Fundación UCEIF, que será quien asimismo reciba la financiación. Los
acuerdos a los que la Fundación UCEIF llegue con dichas entidades sobre su
financiación y contraprestaciones no podrán suponer modificación alguna a lo pactado
entre la Fundación UCEIF y la UIMP en este documento.
Tercera.
I.
Compromisos asumidos por la UIMP.
Aspectos académicos.
– Corresponde a la UIMP el nombramiento de la persona que se encargará de la
dirección académica del encuentro, a propuesta de la Fundación UCEIF, sin que ello
suponga el pago de honorarios por parte de la Universidad. Asimismo corresponde a la
UIMP el nombramiento del reso del profesorado, sin que conlleve pago de honorarios por
parte de la UIMP.
– Corresponde a la UIMP la aprobación del programa definitivo y de las normas
conforme a las que debe desarrollarse, en especial toda la normativa relativa a criterios
de admisión o cualquier otro asunto relativo al alumnado, vigilando en todo momento que
se cumpla el más escrupuloso respeto a la independencia de la propia institución y de
las personas que participan en el programa.
– La UIMP avalará académicamente este encuentro, emitiendo los correspondientes
diplomas a los participantes que cumplan los requisitos mínimos de asistencia y
aprovechamiento establecidos en su normativa interna, así como las certificaciones
académicas que se soliciten. Con tal fin, la UIMP se responsabilizará del control de
asistencia de los alumnos.
II. Gestión del encuentro.
i. La UIMP asumirá, conforme a su propia normativa, los siguientes compromisos
de gestión en cuanto a la ejecución del encuentro:
ii. La UIMP no ha incluido este encuentro dentro de su convocatoria general de
becas para el conjunto de cursos de su programación.
iii. La UIMP mantendrá indemne a la Fundación UCEIF de cualquier reclamación
que se pueda recibir en relación con el encuentro en lo que se refiere a la gestión que la
propia UIMP realiza, asumiendo la UIMP toda la responsabilidad frente al profesorado,
alumnado, empresas contratistas o cualquier persona o entidad que pueda verse
afectada.
cve: BOE-A-2025-14880
Verificable en https://www.boe.es
– Gestionará todos los servicios e infraestructuras generales vinculadas al
funcionamiento del conjunto de su programación académica en Santander, en la que
está incluido este encuentro. En concreto se realizarán las actuaciones que se detallan
en el presupuesto que se recoge como anexo II.