Ministerio Para La Transición Ecológica y El Reto Demográfico. III. Otras disposiciones. Impacto ambiental. (BOE-A-2025-14867)
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos V, de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos V, de 37,315 MW de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca».
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96319
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14867
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos V,
de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su
hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos V, de 37,315 MW
de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca».
Con fecha 11 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Módulo de generación eólica Escuderos V, de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura
de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos V,
de 37,315 MW de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca», en los
términos municipales de Pineda de Gigüela y Torrejoncillo del Rey, promovido por
Elawan Fotovoltaica Escuderos 5, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decretoley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras
situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación del expediente por el promotor, se verifica que el proyecto reúne los
requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.
El proyecto consiste en un parque eólico, denominado Escuderos V Híbrido, de 14,4
MW de potencia instalada, que hibridará con la planta solar fotovoltaica Escuderos V,
de 37,31 MW de potencia instalada. El parque está compuesto por 2 aerogeneradores
con un diámetro de rotor de 172 m, montados sobre torres tubulares cónicas de acero
de 125 m de altura, con una altura de 211 m en punta de pala. La infraestructura de
evacuación corresponde a una línea eléctrica subterránea a 30 kV de 11,55 km de
longitud, que partirá de los centros de transformación de los aerogeneradores hasta la
subestación existente Torrejoncillo del Rey 132/30 kV. El resto de la infraestructura de
evacuación, desde dicha subestación eléctrica hasta su conexión a la red de transporte
en la subestación eléctrica Villanueva de los Escuderos 400 kV de REE, se encuentra en
funcionamiento. Está prevista la ejecución de unos 5.377 m de viales de 6 m de ancho
pavimentados con zahorra, de los cuales 4.830 m serán de nueva construcción y 547 m
corresponderán a adecuaciones de caminos existentes. La duración de las obras se
estima en cinco meses y la vida útil de la instalación en treinta años.
Colindante con el proyecto, se encuentra el parque eólico de hibridación Escuderos
III, y próximo, en la misma alineación, el parque eólico de hibridación Escuderos II. Más
alejados al sur, se encuentran los parques eólicos de hibridación Escuderos I y
Escuderos IV. Estos parques han obtenido resolución de informe de determinación de
afección ambiental con sentido de sometimiento a evaluación ambiental ordinaria y
también vierten su energía en la subestación Torrejoncillo del Rey 132/30 kV.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22. 3. b)
del Real Decreto-ley, son los siguientes:
cve: BOE-A-2025-14867
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho
Núm. 171
Jueves 17 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 96319
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
14867
Resolución de 4 de julio de 2025, de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de determinación de
afección ambiental del proyecto «Módulo de generación eólica Escuderos V,
de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura de evacuación, para su
hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos V, de 37,315 MW
de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca».
Con fecha 11 de febrero de 2025, tiene entrada en esta Dirección General solicitud
de tramitación de procedimiento de determinación de afección ambiental del proyecto
«Módulo de generación eólica Escuderos V, de 14,4 MW de potencia, y su infraestructura
de evacuación, para su hibridación con el parque solar fotovoltaico FV Escuderos V,
de 37,315 MW de potencia instalada, ubicado en la provincia de Cuenca», en los
términos municipales de Pineda de Gigüela y Torrejoncillo del Rey, promovido por
Elawan Fotovoltaica Escuderos 5, SL, al amparo del artículo 22 del Real Decretoley 20/2022, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la
Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras
situaciones de vulnerabilidad.
Tras la subsanación del expediente por el promotor, se verifica que el proyecto reúne los
requisitos para acogerse a la tramitación prevista en el artículo 22 del Real Decreto-ley 20/2022.
El proyecto consiste en un parque eólico, denominado Escuderos V Híbrido, de 14,4
MW de potencia instalada, que hibridará con la planta solar fotovoltaica Escuderos V,
de 37,31 MW de potencia instalada. El parque está compuesto por 2 aerogeneradores
con un diámetro de rotor de 172 m, montados sobre torres tubulares cónicas de acero
de 125 m de altura, con una altura de 211 m en punta de pala. La infraestructura de
evacuación corresponde a una línea eléctrica subterránea a 30 kV de 11,55 km de
longitud, que partirá de los centros de transformación de los aerogeneradores hasta la
subestación existente Torrejoncillo del Rey 132/30 kV. El resto de la infraestructura de
evacuación, desde dicha subestación eléctrica hasta su conexión a la red de transporte
en la subestación eléctrica Villanueva de los Escuderos 400 kV de REE, se encuentra en
funcionamiento. Está prevista la ejecución de unos 5.377 m de viales de 6 m de ancho
pavimentados con zahorra, de los cuales 4.830 m serán de nueva construcción y 547 m
corresponderán a adecuaciones de caminos existentes. La duración de las obras se
estima en cinco meses y la vida útil de la instalación en treinta años.
Colindante con el proyecto, se encuentra el parque eólico de hibridación Escuderos
III, y próximo, en la misma alineación, el parque eólico de hibridación Escuderos II. Más
alejados al sur, se encuentran los parques eólicos de hibridación Escuderos I y
Escuderos IV. Estos parques han obtenido resolución de informe de determinación de
afección ambiental con sentido de sometimiento a evaluación ambiental ordinaria y
también vierten su energía en la subestación Torrejoncillo del Rey 132/30 kV.
Los elementos del análisis ambiental para determinar las principales afecciones
sobre el medio ambiente del proyecto, de acuerdo con los criterios del artículo 22. 3. b)
del Real Decreto-ley, son los siguientes:
cve: BOE-A-2025-14867
Verificable en https://www.boe.es
Antecedentes de hecho