Ministerio de Trabajo y Economía Social. I. Disposiciones generales. Empleo. (BOE-A-2025-14693)
Real Decreto 633/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 16 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 95421

desarrollo profesional de todas las personas, en particular aquellas en situación de
vulnerabilidad laboral, apelando directamente a la función esencial de las Políticas
Activas de Empleo en todas sus dimensiones. Asimismo, la evolución de los mercados
de trabajo que asumen los retos de la digitalización y la sostenibilidad requiere una
permanente adaptación de las Políticas Activas de Empleo para acompañar las
transiciones laborales y aprovechar las oportunidades que ofrece el nuevo modelo
productivo. En este sentido, las Políticas Activas de Empleo representan, dentro de las
políticas públicas laborales, las acciones de acompañamiento de las personas a lo largo
de su vida activa y el principal apoyo en sus transiciones laborales, además de fortalecer
ese acompañamiento y asesoramiento a los sectores productivos y particularmente, a la
pequeña y mediana empresa.
Asimismo, mediante medidas de mejora y reciclaje de capacidades y competencias
profesionales, las Políticas Activas de Empleo también pueden orientar a las personas
hacia los sectores que se enfrentan a escasez de mano de obra cualificada. Esto
contribuye a afrontar el cambio estructural y aumentar la resiliencia de la economía en
tiempos de cambio.
Esta concepción de las Políticas Activas de Empleo, asumida en España en
coherencia con las políticas de la Unión Europea, las sitúa como un pilar social y
económico de carácter estructural que implica compromisos políticos y estratégicos y la
actualización del Derecho laboral en su vertiente de nuevos derechos para la formación y
el empleo. Precisamente esta revisión de la dimensión jurídica de las Políticas Activas de
Empleo ofrece una nueva perspectiva a nivel europeo de la orientación profesional, el
reciclaje profesional o la creación de nuevas oportunidades de empleo, que se explicitó
en 2017 con la aprobación del Pilar Social Europeo y la concreción de sus
recomendaciones y objetivos.
En el caso de España, la respuesta adecuada a esta nueva visión y misión de las
Políticas Activas de Empleo requirió una profunda transformación del marco legal del
empleo durante la vigencia de la Estrategia anterior, mediante la Ley 3/2023 y su
desarrollo reglamentario y con el Real Decreto-ley 2/2024, de 21 de mayo, en el que al
tiempo de reformar el nivel asistencial de la prestación por desempleo, se estableció por
primera vez en este país una regulación que permite complementar de forma
generalizada la política de protección por desempleo y las políticas activas de empleo.
Con este marco legal, las actuaciones de mejora de la empleabilidad promovidas por los
servicios públicos de empleo y por otras administraciones públicas han trascendido hasta
convertirse en derechos subjetivos y garantizados de la ciudadanía y parte esencial de
su relación con el empleo.
En la misma línea, la moderna conceptualización de las Políticas Activas de Empleo
asume plenamente el apoyo a las empresas en su función generadora de oportunidades
de empleo, impulsando un nuevo diseño de servicios hacia los empleadores basados en
la mejora de la información sobre las necesidades y oportunidades de empleo, la gestión
de las ofertas, así como la disponibilidad y la capacitación de las personas en búsqueda
de empleo.
En esta capacidad renovada de las Políticas Activas de Empleo, conviene recordar
su función complementaria e inseparable de la protección social que, en su dimensión
laboral, tiene una perspectiva coyuntural y temporal durante el proceso de inserción o
reinserción en el empleo.
Por otra parte, la centralidad de las Políticas Activas de Empleo se ha visto reforzada
por su utilidad en la respuesta pública a otros retos acuciantes en la mejora de los
mercados de trabajo. Este es el caso de su contribución a la extensión de la vida laboral
y al denominado envejecimiento activo, mediante el reciclaje de las competencias
profesionales, el aprovechamiento de la experiencia y del relevo profesional, incluida la
transición empresarial, y la compatibilidad del empleo con la jubilación parcial.
En este mismo sentido, la reforma de las Políticas Activas de Empleo acometida en
el anterior período estratégico contempla y contribuye positivamente a la nueva realidad
migratoria, generando oportunidades de inserción y acogida sostenible de las personas

cve: BOE-A-2025-14693
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Núm. 170