Ministerio de Trabajo y Economía Social. I. Disposiciones generales. Empleo. (BOE-A-2025-14693)
Real Decreto 633/2025, de 15 de julio, por el que se aprueba la Estrategia Española de Apoyo Activo al Empleo 2025-2028.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 170

Miércoles 16 de julio de 2025

Sec. I. Pág. 95440

necesario reforzar especialmente las atenciones a las personas jóvenes y a las que se
encuentran en una situación de paro de larga duración. Estos son los dos colectivos
donde el impacto en la empleabilidad conseguido muestra un mayor margen de mejora.
Así pues, se pondrán en marcha planes específicos de atención a estos colectivos,
acordados en el marco del Diálogo Social, para dar mayor impulso y coherencia al
conjunto de medidas dirigidas a ambos, que la presente estrategia ya incorpora en el
desarrollo de sus objetivos operativos. Nueve medidas de la presente Estrategia se
dirigen específicamente a estos dos colectivos, distribuidas en tres de sus objetivos
operativos (2.1, 2.3 y 7.3).
Personas extranjeras.
Son uno de los colectivos en los que mayor impacto están teniendo las atenciones
prestadas por los servicios públicos de empleo. El papel relevante que está
desempeñando este colectivo en el buen comportamiento de nuestro mercado de
trabajo, sosteniendo el crecimiento de la población ocupada, incrementando la actividad
y facilitando la cobertura de puestos vacantes, junto con el reto que supone facilitar su
integración social y laboral plena, tienen su reflejo en dos medidas incluidas en dos
objetivos operativos (2.3 y 7.3).
Atención a empresas.
En el marco de la evaluación del PAPE 2022, se estudió específicamente la relación
entre ofertas y demandas de empleo. Las evaluaciones realizadas por la Red PES sobre
el SNE en el marco del Proyecto Benchlearning dieron lugar a recomendaciones sobre la
mejora de los servicios a empresas. Así, el despliegue efectivo de la garantía de
servicios a las empresas se realizará en el período de vigencia de esta Estrategia, y su
evaluación requerirá contar con datos comunes y comparables en todo el territorio del
Estado, sobre empresas atendidas y servicios prestados. Para ello, los sistemas
tecnológicos y el conjunto de aplicativos informáticos que dan soporte a la gestión del
empleo se ampliarán para dar cabida al registro de las empresas que soliciten atención,
y a la codificación de los servicios y atenciones proporcionadas. La incorporación de esa
información al Sistema Público Integrado de Información de los Servicios de Empleo se
realizará acordando los datos, reglas y procesos comunes, y su contenido común se
definirá en colaboración entre el SEPE y los servicios públicos de empleo autonómicos.

De manera más general, los resultados de las evaluaciones de impacto, de eficacia,
realizadas sobre las atenciones prestadas a las personas demandantes de empleo, han
orientado los objetivos operativos del primer Bloque (1.1 al 2.3), acompañando el nuevo
escenario de garantía de servicios a las personas que establece la Ley de Empleo
vigente.
Las evaluaciones sobre los procedimientos en el Sistema Nacional de Empleo,
incluidas también en las evaluaciones de los Planes Anuales, se han tenido en cuenta
para elaborar el tercer Bloque de medidas y sus objetivos operativos (5.1, 5.2 y 6.1).
Finalmente, los análisis realizados en el marco del Plan de Transversalización, y el
desarrollo de la evaluación de los Planes Anuales y la Estrategia Española de Apoyo
Activo al Empleo 2021-24 tienen su reflejo en las medidas y objetivos operativos del
Bloque 4 (objetivos 7.1 a 8.4).
5.

Ciudades de Ceuta y Melilla en la Estrategia Española de Apoyo Activo
para el Empleo

Las Ciudades de Ceuta y Melilla son entes autonómicos con particularidades
estructurales que las diferencian del resto del territorio nacional. Su ubicación estratégica

cve: BOE-A-2025-14693
Verificable en https://www.boe.es

Otras conclusiones y su relación con los resultados de la evaluación.