Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14671)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, (SELAE), ejercicio 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95112
En efecto, se ha comprobado que, como ya se ha indicado en este Informe, la Sociedad cuenta con
un completo Manual donde incorpora las reglas y los procedimientos exigidos por la legislación
relacionada con la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El Manual
también incluye un registro de las actualizaciones y revisiones que se han realizado, donde se
describen brevemente los cambios efectuados, la fecha de su aprobación, el órgano que las ha
aprobado, la nueva versión del Manual y la anterior.
Durante el ejercicio 2022 el Manual vigente es la versión MANPBC 2022, que se aprobó el 24 de
marzo de 2022 por el Consejo de Administración. Posteriormente, el 24 de enero y el 25 de abril de
2023, se aprobaron sendas modificaciones del Manual.
II.3.2. Análisis de riesgos para determinar los procedimientos de control
El artículo 32 del Reglamento de la Ley 10/2010 establece que los procedimientos de control interno
se fundamentarán en un previo análisis de riesgos que será documentado por el sujeto obligado. El
análisis identificará y evaluará los riesgos del sujeto obligado por tipos de clientes, países o áreas
geográficas, productos, servicios, operaciones y canales de distribución, tomando en consideración
variables como el propósito de la relación de negocios, el nivel de activos del cliente, el volumen de
las operaciones y la regularidad o duración de la relación de negocios.
El análisis de riesgos será revisado periódicamente y, en todo caso, cuando se verifique un cambio
significativo que pudiera influir en el perfil de riesgo del sujeto obligado. Asimismo, será preceptiva
la realización y documentación de un análisis de riesgo específico con carácter previo al lanzamiento
de un nuevo producto, la prestación de un nuevo servicio, el empleo de un nuevo canal de
distribución o el uso de una nueva tecnología por parte del sujeto obligado, debiendo aplicarse
medidas adecuadas para gestionar y mitigar los riesgos identificados en el análisis.
Se ha analizado en el curso de la fiscalización el informe de análisis de riesgos de SELAE
correspondiente al ejercicio 2022, habiéndose verificado que, en general, recoge y califica
adecuadamente los riesgos existentes. Este informe está contenido en el apartado 7 del Manual de
24 de marzo de 2022 (MANPBC 2022). No obstante, debe señalarse como una debilidad del sistema
que en el Manual no se determina cuál es el órgano competente para la aprobación del informe. El
citado informe de 2022 fue aprobado por el Consejo de Administración el 24 de marzo de ese año.
A partir de 2023, con la actualización del Manual, se ha extraído de él este informe sobre el análisis
de riesgos, incorporándose su contenido, como resulta más adecuado, a un nuevo documento
independiente.
En el informe se concluye que, en base a los distintos tipos de riesgo analizados, el riesgo global
asignado a SELAE como sujeto obligado a la prevención del blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo es bajo, tanto en blanqueo de capitales como en financiación de
terrorismo.
cve: BOE-A-2025-14671
Verificable en https://www.boe.es
El análisis efectuado en dicho informe ha tenido en cuenta los siguientes puntos: información
general sobre la Sociedad y específica como sujeto obligado; productos comercializados por
SELAE; canales utilizados para la comercialización y el pago de premios; tipologías de clientes;
zona geográfica de actividad; y tipología por riesgos operativos.
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95112
En efecto, se ha comprobado que, como ya se ha indicado en este Informe, la Sociedad cuenta con
un completo Manual donde incorpora las reglas y los procedimientos exigidos por la legislación
relacionada con la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. El Manual
también incluye un registro de las actualizaciones y revisiones que se han realizado, donde se
describen brevemente los cambios efectuados, la fecha de su aprobación, el órgano que las ha
aprobado, la nueva versión del Manual y la anterior.
Durante el ejercicio 2022 el Manual vigente es la versión MANPBC 2022, que se aprobó el 24 de
marzo de 2022 por el Consejo de Administración. Posteriormente, el 24 de enero y el 25 de abril de
2023, se aprobaron sendas modificaciones del Manual.
II.3.2. Análisis de riesgos para determinar los procedimientos de control
El artículo 32 del Reglamento de la Ley 10/2010 establece que los procedimientos de control interno
se fundamentarán en un previo análisis de riesgos que será documentado por el sujeto obligado. El
análisis identificará y evaluará los riesgos del sujeto obligado por tipos de clientes, países o áreas
geográficas, productos, servicios, operaciones y canales de distribución, tomando en consideración
variables como el propósito de la relación de negocios, el nivel de activos del cliente, el volumen de
las operaciones y la regularidad o duración de la relación de negocios.
El análisis de riesgos será revisado periódicamente y, en todo caso, cuando se verifique un cambio
significativo que pudiera influir en el perfil de riesgo del sujeto obligado. Asimismo, será preceptiva
la realización y documentación de un análisis de riesgo específico con carácter previo al lanzamiento
de un nuevo producto, la prestación de un nuevo servicio, el empleo de un nuevo canal de
distribución o el uso de una nueva tecnología por parte del sujeto obligado, debiendo aplicarse
medidas adecuadas para gestionar y mitigar los riesgos identificados en el análisis.
Se ha analizado en el curso de la fiscalización el informe de análisis de riesgos de SELAE
correspondiente al ejercicio 2022, habiéndose verificado que, en general, recoge y califica
adecuadamente los riesgos existentes. Este informe está contenido en el apartado 7 del Manual de
24 de marzo de 2022 (MANPBC 2022). No obstante, debe señalarse como una debilidad del sistema
que en el Manual no se determina cuál es el órgano competente para la aprobación del informe. El
citado informe de 2022 fue aprobado por el Consejo de Administración el 24 de marzo de ese año.
A partir de 2023, con la actualización del Manual, se ha extraído de él este informe sobre el análisis
de riesgos, incorporándose su contenido, como resulta más adecuado, a un nuevo documento
independiente.
En el informe se concluye que, en base a los distintos tipos de riesgo analizados, el riesgo global
asignado a SELAE como sujeto obligado a la prevención del blanqueo de capitales y de la
financiación del terrorismo es bajo, tanto en blanqueo de capitales como en financiación de
terrorismo.
cve: BOE-A-2025-14671
Verificable en https://www.boe.es
El análisis efectuado en dicho informe ha tenido en cuenta los siguientes puntos: información
general sobre la Sociedad y específica como sujeto obligado; productos comercializados por
SELAE; canales utilizados para la comercialización y el pago de premios; tipologías de clientes;
zona geográfica de actividad; y tipología por riesgos operativos.