Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14671)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, (SELAE), ejercicio 2022.
76 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95089
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
14671
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios por la
Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, (SELAE),
ejercicio 2022.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión
del día 8 de mayo de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca
del Informe de fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios
por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA (SELAE),
ejercicio 2022, acuerda:
– Aprobar una norma interna que regule para todos los juegos, los requisitos y
prohibiciones de participación en los mismos, desarrollando lo previsto en la normativa
general del juego.
– Adoptar medidas de reorganización que resulten precisas para asegurar la
completa independencia orgánica y funcional de la persona responsable de la Unidad
Operativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y para incrementar los medios
humanos de la unidad técnica.
– Introducir mejoras en los sistemas informáticos de la Sociedad Estatal Loterías y
Apuestas del Estado que permitan una mejor evaluación de los riesgos de fraude y su
detección.
– Impulsar las gestiones necesarias para modificar el Manual de prevención del
blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, a efectos de que se especifique
en el mismo qué órgano de la Sociedad es competente para aprobar el análisis de
riesgos de blanqueo que debe practicarse en cumplimiento del Real Decreto 304/2014,
de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de
prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
– Adoptar medidas para reducir sustancialmente el tiempo empleado en que
comunicará al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de
Capitales e Infracciones Monetarias las operaciones en las que se haya comprobado que
existe indicio o certeza de que están relacionadas con blanqueo de capitales o en la
financiación de terrorismo.
– Reducir el tiempo de comunicación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de
Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de posibles
operaciones vinculadas al blanqueo.
– Impulsar la modificación del Manual de prevención del blanqueo de capitales y de
la financiación del terrorismo, para incluir en el mismo actuaciones destinadas a regular
el procedimiento adecuado en casos extremos, en los que existan indicios previos
relevantes y reiterados (por ejemplo, el cobro de numerosos premios mayores en un
tiempo breve reciente), de modo que, se produzca una comunicación de Sociedad
Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, a las entidades financieras para que
cve: BOE-A-2025-14671
Verificable en https://www.boe.es
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de
fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios por la Sociedad
Estatal Loterías y Apuestas del Estado SME, S.A (SELAE), ejercicio 2022.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización del sistema de control
aplicado en la gestión de premios por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado
SME, S.A (SELAE), ejercicio 2022, sin perjuicio de las resoluciones que se aprueben.
3. Instar a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, a:
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95089
III. OTRAS DISPOSICIONES
CORTES GENERALES
14671
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios por la
Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, (SELAE),
ejercicio 2022.
La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión
del día 8 de mayo de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca
del Informe de fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios
por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA (SELAE),
ejercicio 2022, acuerda:
– Aprobar una norma interna que regule para todos los juegos, los requisitos y
prohibiciones de participación en los mismos, desarrollando lo previsto en la normativa
general del juego.
– Adoptar medidas de reorganización que resulten precisas para asegurar la
completa independencia orgánica y funcional de la persona responsable de la Unidad
Operativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y para incrementar los medios
humanos de la unidad técnica.
– Introducir mejoras en los sistemas informáticos de la Sociedad Estatal Loterías y
Apuestas del Estado que permitan una mejor evaluación de los riesgos de fraude y su
detección.
– Impulsar las gestiones necesarias para modificar el Manual de prevención del
blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, a efectos de que se especifique
en el mismo qué órgano de la Sociedad es competente para aprobar el análisis de
riesgos de blanqueo que debe practicarse en cumplimiento del Real Decreto 304/2014,
de 5 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de
prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
– Adoptar medidas para reducir sustancialmente el tiempo empleado en que
comunicará al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de
Capitales e Infracciones Monetarias las operaciones en las que se haya comprobado que
existe indicio o certeza de que están relacionadas con blanqueo de capitales o en la
financiación de terrorismo.
– Reducir el tiempo de comunicación al Servicio Ejecutivo de la Comisión de
Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de posibles
operaciones vinculadas al blanqueo.
– Impulsar la modificación del Manual de prevención del blanqueo de capitales y de
la financiación del terrorismo, para incluir en el mismo actuaciones destinadas a regular
el procedimiento adecuado en casos extremos, en los que existan indicios previos
relevantes y reiterados (por ejemplo, el cobro de numerosos premios mayores en un
tiempo breve reciente), de modo que, se produzca una comunicación de Sociedad
Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, a las entidades financieras para que
cve: BOE-A-2025-14671
Verificable en https://www.boe.es
1. Asumir el contenido y las conclusiones comprendidas en el Informe de
fiscalización del sistema de control aplicado en la gestión de premios por la Sociedad
Estatal Loterías y Apuestas del Estado SME, S.A (SELAE), ejercicio 2022.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización del sistema de control
aplicado en la gestión de premios por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado
SME, S.A (SELAE), ejercicio 2022, sin perjuicio de las resoluciones que se aprueben.
3. Instar a la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.M.E., SA, a: