Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14666)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización relativa a la organización y los resultados del control interno, así como a las actuaciones de control financiero de los ayuntamientos, ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 94711
Cuadro 13. Acuerdos contrarios a reparos en los ayuntamientos clasificados según su
motivación, ejercicio 2020
Causa del reparo
Insuficiencia o inadecuación de crédito
Expedientes
Nº
%
Importe
Nº
%
1.353
2,79
74.229.003,42
3,63
Comprobaciones materiales
641
1,32
25.946.345,85
1,27
Propuesta de gasto a un órgano que carece de competencia para su aprobación
181
0,37
16.475.900,70
0,81
Graves irregularidades en la documentación justificativa del reconocimiento de la obligación
2.960
6,11
98.461.087,69
4,82
No se acredita suficientemente el derecho del perceptor
1.027
2,12
37.371.611,10
1,83
28.735
59,26
1.018.283.089,98
49,82
268
0,55
18.931.899,30
0,93
153
0,32
49.648.322,29
2,43
Otro tramite declarado esencial por acuerdo del Pleno
3.596
7,42
80.529.890,41
3,94
Ausencia requisitos Consejo de Ministros
Varias causas
7.148
14,74
434.393.345,71
21,25
2.424
5,00
189.460.642,40
9,27
Omisión en el expediente de requisitos o tramites esenciales
La continuación de la gestión administrativa puede causar quebrantos económicos a la
Tesorería de la entidad local
La continuación de la gestión administrativa puede causar quebrantos económicos a un tercero
Total
48.486 100,00
2.043.731.138,85 100,00
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos obrantes en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales
La causa más común de los reparos formulados, tanto por importe como por número de
expedientes, fue la omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales. Concretamente,
se han comunicado 28.735 reparos por algo más de 1.000 millones de euros, que representaron el
59 % de los expedientes y un 50 % de la cuantía total.
En el caso de los reparos formulados en el ámbito de la actividad contractual, que son los más
numerosos, consistieron, fundamentalmente, en la improcedencia de la continuidad de la ejecución
de los contratos, una vez concluido su plazo de ejecución.
Ha de tenerse en cuenta que el plazo de los contratos es limitado y ha de establecerse teniendo en
cuenta la naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de
someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas. Asimismo, la legislación de
contratos del sector público establece la obligación por parte de los órganos de contratación de
planificar las contrataciones con el fin de garantizar que los servicios a los ciudadanos estén
cubiertos por contratos que se ajusten a la normativa de contratación.
cve: BOE-A-2025-14666
Verificable en https://www.boe.es
Por otra parte, en 7.788 expedientes, de los 48.486 acuerdos contrarios a reparos comunicados,
los órganos de Intervención apreciaron que los hechos comprobados pudieran ser susceptibles de
constituir una infracción administrativa o dar lugar a la exigencia de responsabilidades penales o
contables. En concreto, apreciaron que 358 eran constitutivos de responsabilidad contable, por
importe de 74,9 millones de euros; 88 lo eran de responsabilidad penal, por importe de 1,3 millones
de euros, y el resto eran constitutivos de otras infracciones e incumplimientos, tal y como se muestra
en el siguiente cuadro.
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 94711
Cuadro 13. Acuerdos contrarios a reparos en los ayuntamientos clasificados según su
motivación, ejercicio 2020
Causa del reparo
Insuficiencia o inadecuación de crédito
Expedientes
Nº
%
Importe
Nº
%
1.353
2,79
74.229.003,42
3,63
Comprobaciones materiales
641
1,32
25.946.345,85
1,27
Propuesta de gasto a un órgano que carece de competencia para su aprobación
181
0,37
16.475.900,70
0,81
Graves irregularidades en la documentación justificativa del reconocimiento de la obligación
2.960
6,11
98.461.087,69
4,82
No se acredita suficientemente el derecho del perceptor
1.027
2,12
37.371.611,10
1,83
28.735
59,26
1.018.283.089,98
49,82
268
0,55
18.931.899,30
0,93
153
0,32
49.648.322,29
2,43
Otro tramite declarado esencial por acuerdo del Pleno
3.596
7,42
80.529.890,41
3,94
Ausencia requisitos Consejo de Ministros
Varias causas
7.148
14,74
434.393.345,71
21,25
2.424
5,00
189.460.642,40
9,27
Omisión en el expediente de requisitos o tramites esenciales
La continuación de la gestión administrativa puede causar quebrantos económicos a la
Tesorería de la entidad local
La continuación de la gestión administrativa puede causar quebrantos económicos a un tercero
Total
48.486 100,00
2.043.731.138,85 100,00
Fuente: Elaboración propia a partir de los datos obrantes en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales
La causa más común de los reparos formulados, tanto por importe como por número de
expedientes, fue la omisión en el expediente de requisitos o trámites esenciales. Concretamente,
se han comunicado 28.735 reparos por algo más de 1.000 millones de euros, que representaron el
59 % de los expedientes y un 50 % de la cuantía total.
En el caso de los reparos formulados en el ámbito de la actividad contractual, que son los más
numerosos, consistieron, fundamentalmente, en la improcedencia de la continuidad de la ejecución
de los contratos, una vez concluido su plazo de ejecución.
Ha de tenerse en cuenta que el plazo de los contratos es limitado y ha de establecerse teniendo en
cuenta la naturaleza de las prestaciones, las características de su financiación y la necesidad de
someter periódicamente a concurrencia la realización de las mismas. Asimismo, la legislación de
contratos del sector público establece la obligación por parte de los órganos de contratación de
planificar las contrataciones con el fin de garantizar que los servicios a los ciudadanos estén
cubiertos por contratos que se ajusten a la normativa de contratación.
cve: BOE-A-2025-14666
Verificable en https://www.boe.es
Por otra parte, en 7.788 expedientes, de los 48.486 acuerdos contrarios a reparos comunicados,
los órganos de Intervención apreciaron que los hechos comprobados pudieran ser susceptibles de
constituir una infracción administrativa o dar lugar a la exigencia de responsabilidades penales o
contables. En concreto, apreciaron que 358 eran constitutivos de responsabilidad contable, por
importe de 74,9 millones de euros; 88 lo eran de responsabilidad penal, por importe de 1,3 millones
de euros, y el resto eran constitutivos de otras infracciones e incumplimientos, tal y como se muestra
en el siguiente cuadro.