Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14672)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización operativa del impacto del trabajo a distancia en la gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, periodo 2020 a 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95166
– Continuar profundizando en su política de promoción de la igualdad, favoreciendo
la distribución equitativa entre géneros de los cuidados y del trabajo doméstico no
remunerado y prestando atención a situaciones de especial vulnerabilidad.
– Analizar todas las unidades puesto a puesto sobre el grado de tele trabajabilidad.
– Analizar el rendimiento del teletrabajo, analizar si es viable el trabajo de cada
funcionario desde casa y si el rendimiento es el esperado.
– Analizar si el teletrabajo afecta o no a la calidad del servicio al contribuyente,
adoptando las medidas oportunas según resultados obtenidos.
– Facilitar al contribuyente la solución de sus problemas y sus trámites de forma
presencial.
– Eliminar la cita previa ante las oficinas de la Agencia Tributaria.
– Adoptar las medidas necesarias para salvar los problemas existentes a la hora de
conseguir citas ante la Administración.
4. Instar al Tribunal de Cuentas a incluir en los futuros informes contestaciones a
todas y cada una de las alegaciones presentadas por la entidad fiscalizada.
Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2025.–El Presidente de la
Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión,
Salvador de Foronda Vaquero.
cve: BOE-A-2025-14672
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 169
Martes 15 de julio de 2025
Sec. III. Pág. 95166
– Continuar profundizando en su política de promoción de la igualdad, favoreciendo
la distribución equitativa entre géneros de los cuidados y del trabajo doméstico no
remunerado y prestando atención a situaciones de especial vulnerabilidad.
– Analizar todas las unidades puesto a puesto sobre el grado de tele trabajabilidad.
– Analizar el rendimiento del teletrabajo, analizar si es viable el trabajo de cada
funcionario desde casa y si el rendimiento es el esperado.
– Analizar si el teletrabajo afecta o no a la calidad del servicio al contribuyente,
adoptando las medidas oportunas según resultados obtenidos.
– Facilitar al contribuyente la solución de sus problemas y sus trámites de forma
presencial.
– Eliminar la cita previa ante las oficinas de la Agencia Tributaria.
– Adoptar las medidas necesarias para salvar los problemas existentes a la hora de
conseguir citas ante la Administración.
4. Instar al Tribunal de Cuentas a incluir en los futuros informes contestaciones a
todas y cada una de las alegaciones presentadas por la entidad fiscalizada.
Palacio del Congreso de los Diputados, 8 de mayo de 2025.–El Presidente de la
Comisión, Juan Francisco Serrano Martínez.–El Secretario Primero de la Comisión,
Salvador de Foronda Vaquero.
cve: BOE-A-2025-14672
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 169