Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14673)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización sobre la información relativa a los costes y rendimientos de los servicios incluida en las cuentas generales de los ayuntamientos de municipios de más de 50.000 habitantes, diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, correspondientes al ejercicio 2020.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

Sec. III. Pág. 95247

III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
14673

Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización sobre la información relativa a los costes y rendimientos de los
servicios incluida en las cuentas generales de los ayuntamientos de
municipios de más de 50.000 habitantes, diputaciones provinciales, cabildos
y consejos insulares, correspondientes al ejercicio 2020.

1. Asumir el contenido y las conclusiones del Informe de fiscalización sobre la
información relativa a los costes y rendimientos de los servicios incluida en las cuentas
generales de los ayuntamientos de municipios de más de 50.000 habitantes,
diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares, correspondientes al
ejercicio 2020.
2. Mostrar su acuerdo con el Informe de fiscalización sobre la información relativa a
los costes y rendimientos de los servicios incluida en las cuentas generales de los
ayuntamientos de municipios de más de 50.000 habitantes, diputaciones provinciales,
cabildos y consejos insulares, correspondientes al ejercicio 2020, sin perjuicio de las
resoluciones que se aprueben.
3. Instar al Ministerio de Hacienda a desarrollar, a propuesta de la Intervención
General de la Administración del Estado, la regulación de la memoria justificativa sobre
el coste y rendimiento de los servicios públicos y de la memoria demostrativa del grado
de cumplimiento de los objetivos programados, a las que se refiere el artículo 211 del
Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, con el fin de detallar el
contenido de dichos documentos, los criterios para su elaboración y su vinculación con la
información contenida en las notas 26 y 27 de la memoria de las cuentas anuales de las
entidades sujetas al Plan General de Contabilidad Publica adaptado a la Administración
local.
4. Instar a los Ayuntamientos de Cáceres, Talavera de la Reina y Aranjuez a
mejorar la planificación, programando con la necesaria antelación los nuevos contratos,
a fin de evitar la continuación de los existentes hasta las nuevas adjudicaciones.
5. Instar a los Ayuntamientos de Ciudad Real, Guadalajara, Lorca, Mérida y Molina
de Segura a mejorar los pliegos de cláusulas administrativas, incidiendo en las
previsiones sobre el control de la ejecución de los trabajos.
6. Instar a los Ayuntamientos de Cáceres, Guadalajara, Mérida y Torrelavega a dar
publicidad a sus cuentas anuales, en atención al compromiso que todas las
administraciones deben mantener con la transparencia y el derecho de los ciudadanos a
estar informados sobre la gestión de los recursos municipales.
7. Instar a los ayuntamientos a:
– Dotar de recursos humanos, técnicos y materiales suficientes a las unidades
encargadas del cálculo de los costes y rendimientos de los servicios públicos y de la
elaboración de la correspondiente información en relación con esta materia que debe
figurar en las cuentas generales.

cve: BOE-A-2025-14673
Verificable en https://www.boe.es

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 8 de mayo de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización sobre la información relativa a los costes y rendimientos de los
servicios incluida en las cuentas generales de los ayuntamientos de municipios de más
de 50.000 habitantes, diputaciones provinciales, cabildos y consejos insulares,
correspondientes al ejercicio 2020, acuerda: