Cortes Generales. III. Otras disposiciones. Fiscalizaciones. (BOE-A-2025-14670)
Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del control municipal sobre la prestación de los servicios de limpieza viaria, recogida y tratamiento de residuos y mantenimiento de parques y jardines de los ayuntamientos de municipios de población entre 50.000 y 100.000 habitantes de comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 169

Martes 15 de julio de 2025

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III. OTRAS DISPOSICIONES

CORTES GENERALES
14670

Resolución de 8 de mayo de 2025, aprobada por la Comisión Mixta para las
Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de
fiscalización del control municipal sobre la prestación de los servicios de
limpieza viaria, recogida y tratamiento de residuos y mantenimiento de
parques y jardines de los ayuntamientos de municipios de población entre
50.000 y 100.000 habitantes de comunidades autónomas sin órgano de
control externo propio, ejercicio 2021.

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del
día 8 de mayo de 2025, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del
Informe de fiscalización del control municipal sobre la prestación de los servicios de
limpieza viaria, recogida y tratamiento de residuos y mantenimiento de parques y jardines
de los ayuntamientos de municipios de población entre 50.000 y 100.000 habitantes de
comunidades autónomas sin órgano de control externo propio, ejercicio 2021, acuerda:
1. Instar a la Administración pública competente a establecer mecanismos de
planificación y gestión de su actividad contractual que permitan concluir la tramitación y
adjudicación de sus contratos con la debida antelación, a fin de evitar la ejecución de
gastos sin cobertura contractual como consecuencia de la expiración del término de
contratos previos.
2. Instar a los ayuntamientos a:

3. Instar a los ayuntamientos de municipios de población entre 50.000 y 100.000
habitantes a:
– Estudiar la forma más eficiente de prestación de los servicios y justificar debidamente,
cuando acudan a la gestión indirecta, le insuficiencia de los medios personales y materiales
con que cuentan para cubrir las necesidades objeto de externalización, así como la falta de
adecuación o la conveniencia de no ampliación de dichos medios.

cve: BOE-A-2025-14670
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– Emplear todos los mecanismos de control que sean necesarios a fin de que se
ejerza un control adecuado, efectivo y eficiente de la prestación de los servicios, que
permita detectar las deficiencias, así como las posibles áreas de mejora en la ejecución
de los mismos, documentando las inspecciones que realicen, y dejando constancia de
los trabajos llevados a cabo, las desviaciones sobre las actuaciones programadas, las
incidencias detectadas, así como las posibles mejoras que se puedan ejecutar y su
seguimiento posterior.
– Reforzar los medios personales y materiales con los que cuentan para llevar a
cabo el control técnico sobre la prestación de los servicios, de forma que se logre un
control adecuado, efectivo y eficiente, que permita detectar las deficiencias, así como las
posibles áreas de mejora en la ejecución de las prestaciones.
– Estudiar la forma más eficiente de prestación de los servicios y justificar debidamente,
cuando acuden a la gestión indirecta, la insuficiencia de los medios personales y materiales
con que cuentan para cubrir las necesidades objeto de externalización, así corno la falta de
adecuación o le conveniencia de no ampliación de dichos medios.
– Establecer mecanismos de planificación y gestión de su actividad contractual que
permitan concluir la tramitación y adjudicación de sus contratos con la debida antelación,
a fin de evitar la ejecución de gastos sin cobertura contractual como consecuencia de la
expiración del término de contratos previos.